Informe Conadep Córdoba 2° Edición, Septiembre de 1999
Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas Delegación Córdoba 1984/1999
Familiares de desaparecidos y detenidos por razones políticas de Córdoba
Primera Edición: Diciembre de 1984 Segunda Edición: Septiembre de 1999
Familiares de desaparecidos y detenidos por razones políticas de Córdoba Asociación Civil, Personería 234-A-1992 Laprida 520- Te/Fax 54 (0351) 428-3655 Córdoba, República Argentina
Prólogo Informe Conadep Córdoba - 2° Edición, Septiembre de 1999
Cuando en reunión del secretariado decidimos por unanimidad impulsar la nueva edición del INFORME CONADEP CÓRDOBA sentimos las sensación de cumplir finalmente con una responsabilidad insoslayable: aportar con este trabajo para que las futuras generaciones conozcan acerca del terrorismo de estado, las arbitrariedades del poder, la alevosía de los crímenes, fomentando así la valoración del sistema democrático y, profundizando sus principios, como la mejor manera de desarrollarnos en una sociedad libre y con igualdad de oportunidades para todos. Y es que en las metas trazadas por quienes, reunidos en torno a un dolor muy particular venimos trabajando desde hace ya más de dos décadas, está la difusión de nuestros testimonios del horror; porque estamos convencidos que de esta manera contribuimos a que no se repita la ignominia que deriva del autoritarismo, para que nunca más ningún ciudadano en este país deba atravesar por semejantes circunstancias.
Esta es nuestra responsabilidad mayúscula por los seres queridos víctimas de la irracionalidad. Porque entendemos la acción de mantener viva la memoria como una manera más de luchar contra la impunidad que, tras leer los testimonios de este Informe, no se entiende como todavía persiste para los asesinos y sus cómplices.
FAMILIARES DE DESAPARECIDOS Y DETENIDOS POR RAZONES POLÍTICAS DE CÓRDOBA, constituida en Asociación Civil, es una organización singular. Se conformó a partir de la espontánea reunión de familiares de víctimas de la represión política desatada desde 1974 en adelante. Se acentuó la participación cuando a partir del golpe de estado del 24 de marzo de 1976 se institucionaliza la represión, centralizada desde el propio Estado y sus organismos; hasta ese momento, eran adjudicados estos actos represivos, traducidos en asesinatos a mansalva, secuestros y torturas, a estructuras paralelas llamadas “paramilitares”, como “la triple A” o el “comando libertadores de América”.
Esas terribles circunstancias vividas por los familiares que se encontraban en lugares comunes (comisarías, puertas de cárcel, juzgados, despachos oficiales, arzobispado), forjaron la conciencia de padres, hermanos, esposas, respecto a la necesidad de unirse. “Hay que hacer algo”, se escuchaba cada vez con mayor insistencia. Y así los encuentros casuales frente a algún organismo público para efectuar averiguaciones, ante la inexorable falta de respuestas, se transformaron en reuniones planificadas. Primero en casas de familia, parroquias e iglesias solidarias con esta causa. Después se organizó el funcionamiento de manera regular en locales cedidos hasta llegar a tener una sede propia como ocurre por estos días.
Han transcurrido muchos años de lucha que han dejado su mella: hoy FAMILIARES DE DESAPARECIDOS Y DETENIDOS POR RAZONES POLÍTICAS DE CÓRDOBA, es una institución reconocida en la defensa de los derechos humanos, con objetivos muy claros como la lucha contra la impunidad a través de la continua denuncia de los atropellos y arbitrariedades que se cometen y la difusión del horror de la dictadura.
A nuestra organización EL INFORME CONADEP CÓRDOBA la toca muy de cerca. Hasta la constitución de la Delegación Córdoba de CONADEP allá por 1984, era FAMILIARES la depositaria del mayor archivo de Córdoba sobre los casos de secuestros, desapariciones y otros actos ilegales perpetrados por las fuerzas de seguridad. Aunque elemental, por los escasos medios con que contábamos, fue ofrecido a la CONADEP y sirvió de base para las investigaciones que, en mejores circunstancias y con el apoyo político que significaba ser un organismo oficial, profundizó un gran trabajo de quienes integraron la Delegación Córdoba, sus secretarios y funcionarios. La ardua tarea desempeñada hasta septiembre de 1984 importó, sin embargo, no pocos desvelos: no faltaron las consabidas amenazas y hostigamiento de los grupos de tareas que alcanzaron su punto máximo con el atentado al domicilio del Dr. Barraco Aguirre, hecho todavía impune.
Pero nada hubiera sido posible sin el testimonio que en forma masiva brindaron la víctimas del horror. Diariamente se volcaron al local de la calle Catamarca los familiares de desaparecidos, testigos de secuestros y detenciones, sobrevivientes e campos de concentración y muchos ciudadanos que, de manera espontánea, ofrecieron su declaración ante la CONADEP, para así contribuir a echar luz sobre el período más oscuro de la historia de esta provincia. De esta manera se pudo tener una idea de la magnitud de la represión ilegal en Córdoba, de la responsabilidad de algunos personajes como el general Menéndez y de la crueldad con que actuaban; se hizo público que la pesadilla de Auschwitz se repetía en “La Perla” cuarenta años después, aquí a unos pocos kilómetros de la capital, camino a las sierras. Se supo de la D-2 (Dirección de Inteligencia) y sus actividades en el Cabildo, justo al frente de la Catedral; la opinión pública conoció de las aberraciones cometidas en esa dependencia de la policía de la provincia, de los gritos de los torturados que hasta llegaban hasta la iglesia mayor y de la mirada a un costado por parte de las cúpulas eclesiásticas. Conocimos las circunstancias precisas de las ejecuciones de prisioneros en la Unidad Penitenciaria de Barrio San Martín, con la burda justificación oficial de “muerte por intento de fuga”.
Dos décadas después, cuando algunos personajes reacomodados a la nueva situación política se presentan como “defensores de los derechos humanos”, nosotros recordamos a los compañeros que dieron todo de sí en esta lucha. Son algunos de los que fundaron esta organización y que hoy ya no están entre nosotros. Con ellos compartimos muchas tensas jornadas de trabajo y tuvimos la suerte de caminar las calles de Córdoba toda vez que alguna fecha vinculada a los derechos humanos nos convocó. Vaya para ellos nuestro reconocimiento y gratitud por su entrega en el trabajo y su empecinamiento en soñar un país mejor.
De la lectura de este INFORME, podrán sacarse algunas conclusiones sobre los fundamentos ideológicos de la brutal represión encarada por la dictadura militar y el proyecto político subyacente detrás de semejantes actos delictivos. También será posible al lector común conocer en detalle y por descarnados testimonios, qué es eso del “terrorismo de estado” y la situación de absoluta indefensión que genera en los ciudadanos inermes. También los ubicará en un modo distinto al de hoy, en pleno apogeo de la “guerra fría”, con un imperio, Estados Unidos, empecinado en combatir de cualquier forma todo intento de proyecto independiente en sus países sometidos, sin escatimar esfuerzos en alentar el surgimiento de gobiernos dictatoriales que asolaron Latinoamérica durante las décadas ’60 y ’70. Fue evidente la participación norteamericana en los distintos movimientos destinados a quebrar el orden institucional de nuestros países instruyendo a las fuerzas armadas en tareas de represión interna en escuelas dependientes del Pentágono. Se conoció que, en las reuniones de la Junta Interamericana de Defensa, se coordinaban las acciones tendientes a homogeneizar en toda América Latina los dictados de la “ideología de la seguridad nacional”. No caben dudas de la responsabilidad que le cabe a las fuerzas armadas argentinas en estos trágicos acontecimientos, cuyo punto máximo se alcanzó en la última dictadura, toda vez que, apoyadas por minorías antidemocráticas representantes de claros intereses sectoriales, tomaron por asalto el poder en forma reiterada desde 1955.
Y este INFORME servirá también para ratificar nuestro compromiso con la demanda de JUICIO Y CASTIGO a todos los responsables del genocidio en la Argentina; servirá para la reflexión de la clase política que, por sus vacilaciones, en pleno período democrático, cayó en la trampa de la extorsión cuando dictó las leyes de “punto final” y “obediencia debida”, durante el gobierno del presidente Alfonsín, y los decretos de indulto del presidente Menem. Los objetivos declarados de estas aberraciones jurídicas (“reconciliación”, “un futuro sin resentimientos”) jamás se alcanzaron; estos traspiés que sufrimos quienes simplemente clamamos justicia, lejos de atenuar nuestra lucha, la acrecentaron. Hoy, muchos de los jerarcas militares (Videla, Massera, Bignone, Nicoláides) están presos; el delito de apropiación de menores, no había sido contemplado dentro de las leyes que consagraron la impunidad de los genocidas; hoy cobra vigencia el brazo de la justicia que, aunque tímidamente, en materia de derechos humanos se está haciendo sentir en Argentina.
Aunque en materia de impunidad, nuevos hechos nos demostraron cuanto resta todavía: la voladura de la Embajada de Israel y del edificio de la A.M.I.A., con más de 120 víctimas, aún no tiene responsables y es por todos conocido la participación de miembros de fuerzas de seguridad en semejantes atentados.
Para el caso particular de Córdoba, esperamos la concreción de esta justicia que reclamamos alcance a todos, en forma ciega, como corresponde. Y mientras tanto, apoyamos todas y cada una de las causas abiertas en tribunales extranjeros y la consideración del delito de genocidio como “lesa humanidad”, no reconociéndose fronteras para su juzgamiento. Así podemos ver cómo, a partir de las medidas adoptadas por el Juez español Baltasar Garzón, y los procesos abiertos en Suecia, Francia, Suiza, Italia y Alemania, el país se ha convertido en una gran cárcel, pues arrecian los pedidos de captura internacionales para los represores; y no es un dato menor esta realidad, pues a partir de Pinochet ha dado un vuelco total todo lo concerniente a la impunidad de los tiranos latinoamericanos.
Servirá la lectura de este INFORME a la dirigencia política cordobesa ? En 1984 la primera edición de este INFORME corre por cuenta de la Municipalidad; Ramón Mestre era el intendente. Y en 1997, ya como gobernador, el propio Mestre saludó al general Menéndez y compartió con él un palco en un acto oficial.. También el intendente Martí o el gobernador Angeloz y sus funcionarios se cruzaron más de una vez con el siniestro personaje en actos públicos; y algunos, sin ningún pudor, hasta justificaron su proceder. Y más recientemente la increíble actitud del diputado nacional Roggero, montando un gran operativo de prensa para su viaje a Madrid a difamar el trabajo del juez Garzón y defender la “territorialidad” de la justicia. Y la Legislatura Provincial? Debieron transcurrir trece años para que los legisladores declaren persona no grata al general Menéndez. Desde ya que esta lectura les será provechosa.
Esta nueva edición incluye entre sus páginas reproducciones de los trabajos presentados por un grupo de destacados artistas plásticos de Córdoba en la muestra organizada por FAMILIARES junto a organismos hermanos como ABUELAS DE PLAZA DE MAYO Delegación Córdoba e H.I.J.O.S. (Hijos por la Identidad, la Justicia, contra el Olvido y el Silencio) denominada “A VEINTE AÑOS DEL GOLPE” y que se realizó en marzo de 1996 en el Instituto Goethe. Se mostró cómo desde una expresión artística es posible alzar la voz en defensa de la libertad, en oposición a los atropellos a los derechos humanos conculcados por la dictadura.
Que este esfuerzo, entonces, sirva para que juntos construyamos un futuro mejor, con justicia, libertad y equidad en la distribución de la riqueza que todos producimos. Y si algún lector desea una participación más activa en esto de luchar contra la impunidad, para que los anhelos de JUSTICIA se conviertan por fin en realidad, le proponemos se sume a la difusión de los hechos aquí descriptos y la promoción de los derechos humanos en el ámbito donde le toque desenvolverse. Córdoba, septiembre de 1999.
FAMILIARES DE DESAPARECIDOS Y DETENIDOS POR RAZONES POLÍTICAS
EL INTERROGATORIO
A veces me pregunto: ¿Cómo podrán dormir, hacer la digestión, beber un sorbo de buen vino, mirar a los hijos en los ojos, dar la mano? A veces me pregunto: ¿Podrán sembrar alguna planta. acariciar a un perro, cuidar de los ganados, amar a sus mujeres, darles los buenos días al vecino? A veces me pregunto: ¿Podrán contar la plata que les queda, tener puntualidad para sus pagos, perdonar a sus deudores, alimentar proyectos de futuro, levantar una casa? A veces me pregunto: ¿Recordarán los nombres y las fechas, verán algunos rostros, sabrán qué hacían los domingos, cómo amaban la vida, como cantaban diariamente? A veces me pregunto: ¿Podrán soñar de noche sin turbarse, despertar sin tener la boca amarga, matarse la conciencia, olvidar algún grito, quitar la sangre de sus manos? ¿Olvidarán que a algunos los lanzaron al mar como sembrando peces doloridos, a otros les cruzaron el pecho con las balas hasta hacer estallar las rosas de la sangre y a todos los cubrieron con oprobio, con torturas, flagelaciones que duelen más allá de la muerte? A veces me pregunto si logran el olvido. Confieso que yo ni un sólo día he dejado de pensarlo y que exijo una forma que dignifique el alma, provoque los regresos; devuelva algunos cuerpos, castigue a los culpables que así de dedicaron a prostituir la vida.
Hamlet Lima Quintana
Creación de la Delegación Córdoba
Por resolución de fecha dieciséis de febrero del corriente año, la COMISIÓN NACIONAL SOBRE LA DESAPARICIÓN DE PERSONAS, crea en la provincia, la Delegación Córdoba, fijando en la misma resolución sus atribuciones y funciones:
Esta delgación Córdoba inicia sus actividades en la primera quincena del mes de marzo, integrada por los siguientes miembros:
Presidente Arq. Luis Rebora
Coord. Area de denuncias Dr. Rodolfo Barraco Aguirre
Coord. Area Administrativa Dr. Albino Serafín
Coord. Area Verificación y Procedimientos: Dr. Rubén Arroyo Rvo. Padre José Naguib Nasser Pastora Nélida Richie Rabino Felipe Yafe Presb. Ignacio Osvaldo Sahade Arq. Bernardino Taranto Esc. Narciso Ceballos Ing, Ángel Manzur Gustavo Monayar
Asimismo la Delegación se estructuró en tres áreas en las que se desempeñaron los miembros de la Comisión, los Secretarios y Funcionarios que a continuación se indican:
AREA DENUNCIAS
Secretaria: Dra. María Elena Mercado
Funcionarios: Miguel Apontes María Pía Annone Luis López Mirta Mansilla Erio Vaudagna
Area Verificación y Procedimientos: Secretario: Dr. Francisco Lucas Delgado
Funcionarios: Dr. Carlos A. Mahieu Dr. Oscar Motta Dra Patricia del Valle Tasso Area administratitiva
Encargado: Sr. Jorge Galante
Funcionarios: Arq. Silvia Chaves Sr. Felipe Sipowicz Sr. Ramón Oscar Alderete
Córdoba, 27 de septiembre de 1984.
LA POLÍTICA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS EN CÓRDOBA El Decreto 187/83 del Poder Ejecutivo Nacional, que creó la Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas, señala en sus considerandos la necesidad de satisfacer el «interés legítimo» de la sociedad civil de intervenir activamente en el esclarecimiento de los hechos en los que desaparecieron miles de personas «sin que esa intervención interfiriera con la actuación de los órganos constitucionales competentes para investigar o penar estos hechos, o sea los jueces». En cumplimiento de ese propósito central, la Delegación Córdoba de esa Comisión, adoptó desde el momento en que comenzó su actividad una metodología destinada a procurar la recepción de denuncias, testimonios y otros elementos probatorios de los hechos de detención o secuestro seguidos de la desaparición de las víctimas, con la mayor precisión posible respecto de la materialidad de los acontecimientos en sí y sus circunstancias, así como de sus presuntos autores y elementos materiales utilizados.
Este requerimiento de precisión, tendiente por una parte a evitar un innecesario desgaste jurisdiccional en casos de denuncias carentes de verosimilitud o seriedad y, por otra, a facilitar la acción de los órganos judiciales competentes, hizo que la tarea de la Delegación no se limitara a la recepción pasiva de denuncias, si no que, por el contrario, debiera ser complementada por procedimientos de verificación, desarrollados en el marco de sus facultades. Para esta actividad se contó con la colaboración de la población en general, la de distintas instituciones representativas- en particular los organismos defensores de derechos humanos - y la de los poderes públicos, materializada en los decretos del Poder Ejecutivo Provincial, del Departamento Ejecutivo Municipal y la Universidad Nacional de Córdoba, que pusieron a disposición de la Comisión la documentación y dependencias de sus respectivas jurisdicciones.
Fue así como, en cada caso, individualizados los hechos y reunida la prueba documental y testimonial que acreditaba su existencia y circunstancia, se procedió a elevar a la justicia las correspondientes denuncias con miras a su investigación por el poder constitucional. De esta manera se logró avanzar en el esclarecimiento de numerosos episodios de notoria repercusión. Entre ellos, a título de ejemplo, pueden señalarse: la denuncia sobre la muerte de Amelia Nélida Insaurralde en la Prisión Militar del Campo de La Ribera, que en su momento se pretendió presentar como resultado de un suicidio; el reconocimiento de la existencia de los centros clandestinos de detención, tortura, muerte y enterramientos de La Perla, Malagueño, o «La Perla Chica» y Campo de la Ribera; y la comprobación de detenciones en condiciones de virtual secuestro, con aplicación sistemática de tormentos y resultados de muertes por tortura o fusilamiento en la Cárcel Penitenciaria (U.P.1) de la Ciudad de Córdoba y en el Departamento de Inteligencia (D-2, ex Informaciones) de la Policía de la Provincia.
A la vez, en los numerosos casos aún no elevados a la Justicia por no haberse completado la recopilación de elementos probatorios, circunstancia debida tanto a los límites impuestos por el tiempo como la complejidad de las causas y el deliberado ocultamiento o destrucción de documentación por parte de los responsables de este verdadero genocidio, el material reunido hasta el presente ha sido remitido a la Comisión Nacional para su entrega al Poder Ejecutivo Nacional, que conforme se ha informado públicamente ya, determinará los mecanismos a seguir para la continuidad de la tarea iniciada por este organismo.
De esta manera, de los numerosos testimonios y denuncias receptados, de los procedimientos practicados y de las investigaciones realizadas por la Justicia en su consecuencia, surge la convicción de que el drama de los desaparecidos en la Argentina -y en Córdoba en particular- fue el resultado de una política sistemáticamente aplicada y no de presuntos «excesos» individuales cometidos por elementos fuera de control.
Por ello es que, en la mayoría de los casos, la desaparición forzada de personas ha respondido a la misma secuencia. Esta comienza por la detención -regular o irregular, pero practicada por personal dependiente del Estado- transformada luego en secuestro por el confinamiento de la víctima en un centro clandestino; continúa con la aplicación de tormentos; en gran número de ellos, culmina con la muerte y la inhumación clandestina; y termina, finalmente, con la destrucción de toda documentación probatoria. Cuando se conozcan en su totalidad las normas -de las que recién una mínima parte ha tomado estado público- que revelan la actividad terrorista del Estado, el país podrá tener la evidencia completa y definitiva de esta planificación, a la vez que reconocerá su identidad y estirpe en el decreto nazi de «noche y niebla» cuya instrumentación explicaba Hoffmann en 1942 escribiendo en sus instrucciones:
«Puesto que la finalidad de este decreto es dejar a los familiares, amigos, y conocidos del preso en la incertidumbre acerca de su paradero, no se les permitirá ningún contacto con el exterior; por la misma razón no podrán escribir cartas, ni recibir visitas o paquetes, etcétera».
O en el más sintético bando del mariscal Keittel, jefe del alto mando alemán: «a) los presos desaparecerán sin dejar rastro; b) No podrá brindarse ninguna información sobre el lugar dónde se encuentran, ni sobre su destino».
A todo este accionar tenebroso, que no sólo buscó el aniquilamiento psíquico y físico de las víctimas, sino también extender sus consecuencias a la angustia e incertidumbre de los familiares - de las madres, esposas, hijos, que vanamente recurrieron a todos los organismos del Estado en búsqueda de una respuesta - se sumaban los actos de pillaje de sus ejecutantes: sustrayendo cuanto objeto de valor encontraran en las viviendas de donde se llevaban los detenidos; extorsionando a los familiares para que pagaran rescates por los secuestrados; violando mujeres y robando vehículos, que utilizaban en sus andanzas.
Es por ello que la invocación de una «guerra», como justificadora de este horror, resulta un eufemismo que groseramente pretendió ocultar el verdadero rostro del accionar terrorista del Estado. Dejamos librado al juicio de la opinión pública si todos los hechos que pasamos a describir pueden quedar comprendidos en el marco del concepto que supone una confrontación bélica o si, por el contrario, se trata de una mera actividad represiva, aunque además ilegal, organizada por organismos estatales y con características de «banda» o asociación ilícita dada la modalidad operativa.
A los efectos de sistematizar mejor el presente Informe, se la ha dividido en los siguientes capítulos:
I-Secuestros
II-Torturas
III-Muertes
IV-Inhumaciones clandenstinas
V-Menores
VI-Saqueos
VII-Anexos
Reflexiones Finales
I-Secuestros
El secuestro como método de detención
Se cuentan por miles las personas que, en nuestra provincia, fueron privadas de la libertad y sometidas a cautiverio en condiciones de virtual secuestro. Algunas recuperaron su libertad luego de días o meses; otras fueron «legalizadas» como detenidas y puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y, en muy pocos casos, a disposición de la Justicia Federal o Tribunales Militares. Las restantes, son aquellas que revisten la condición de detenidos-desaparecidos o que fueron muertas, sea mediante asesinato en la misma cárcel, en «presuntos intentos de fuga» o supuestos «enfrentamientos».
El secuestro de personas, como método de detención, surge en nuestra provincia un año antes del 24 de marzo de 1976; se desarrolla en forma progresiva y sistemática, a partir del pronunciamiento militar. En efecto, los meses de diciembre de 1975, enero y febrero de 1976, concentran la mayoría de las 52 denuncias de secuestro correspondientes al período anterior a la instauración del gobierno militar. Dichas denuncias, unidas a otros testimonios y elementos documentales reunidos por esta Delegación, proporcionan indicios ciertos de que dichos actos fueron ejecutados con idéntica metodología a la instaurada como política represiva a partir del llamado Proceso de Reorganización Nacional. A continuación mencionaremos algunos casos particulares que se refieren a procedimientos que tuvieron distintas modalidades. Unos se cumplieron en establecimientos militares, otros en lugares de trabajo de las víctimas, en sus domicilios, en la vía pública.
1) Secuestros en establecimientos militares Dr.Eduardo Jorge Valverde -V.19(*)
Abogado, ex Secretario Técnico de la Gobernación (Secretaría de Planeamiento), ante una citación que le hiciera en su domicilio particular una patrulla de la Fuerza Aérea, se presentó en la Guardia que se encontraba en la parte posterior del Hospital Aeronaútico Córdoba, el 24 de marzo de 1976 en horas de la tarde.
Concurrió acompañado de dos colegas, los doctores Furque y González Ceballos. Allí quedó detenido. El ex Ministro de Gobierno, Erio Bonetto, concurrió poco después y se le confirmó la detención.
Al día siguiente, a su esposa se le dijo que había sido trasladado a La Ribera. Concurrió a dicha prisión militar y le negaron que lo tuvieran. Su peregrinaje por los distintos organismos militares y de gobierno, nunca arrojó una respuesta sobre la detención de su esposo. Tanto la Guarnición Aérea Córdoba como el III Cuerpo de Ejército, negaron que lo hayan detenido, pese a la irrefutable constancia de que así sucedió. Sin embargo, ante esta Delegación de la CONADEP, el señor E.G.F. -F.3-(*), quien fuera secuestrado y recluido en La Perla, declaró haber sido testigo presencial del interrogatorio y torturas a las que fuera sometido Valverde.
Adrián Renato Machado -M.60 (*)
Obrero de Grandes Motores Diesel (FIAT) y ex Secretario Gremial del Sindicato de Mecánicos (SMATA), cuando transitaba con su esposa y dos hijos por Av. Fuerza Aérea, fue detenido por una patrulla y alojado en la Guarnición Aérea Córdoba. Al día siguiente, se le hizo entrega a su esposa del vehículo y le manifestaron que había sido trasladado a Campo de La Ribera. A partir de entonces, se negó sistemáticamente que se encontrara alojado en algún organismo oficial. El secuestro de Machado en la Guarnición Aérea se produjo el 24 de marzo de 1976. En declaración ante esta Delegación, el señor J.A.D. -D2 (*), detenido el 2 de abril de 1976 a la madrugada en su domicilio, declaró:
«Creo que íbamos camino a La Calera y entramos a la izquierda (...) pararon dos veces, más o menos, nos bajan, atravesamos una especie de galería y llegamos a una pieza grande, tipo cuadra, donde advierto que hay muchas personas (...) En ese lugar una persona me dice con reiteración «Soy Machadito, estoy hecho bolsa (...)»
Jorge Dante Bustos Toloza -B.15 (*)
Fue secuestrado el 10 de diciembre de 1976 a las 19:00 horas aproximadamente, en el Batallón de Comunicaciones 141 de Córdoba, cuando concurrió a retirar su libreta de enrolamiento y entregar su equipo militar, en razón de que se le iba a conceder la baja. El automóvil en que se había conducido hasta la unidad militar, quedó en las cocheras del cuartel. Según testigos, el joven Bustos habría sido detenido por dos oficiales del Servicio de Inteligencia, cuando se dirigía al casino de Oficiales. En el momento del secuestro, el Jefe del Batallón era el teniente coronel C. Anadón, quién tiempo después ascendió a coronel y ocupó la Jefatura del Destacamento de Inteligencia 141.
Juan Antonio Canizzo. -C.18 (*)
Otro caso de secuestro en dependencias militares. Según denuncia efectuada ante esta Delegación por su hermano, se expresa textualmente: «Estando en comisión en Tucumán en el Regimiento RI-14 de la VI Brigada Aerotransportada, desde febrero de 1976 hasta que en los últimos días de marzo o primeros días de abril de ese año, es detenido y llevado hasta Famaillá, donde durante 24 horas lo someten a torturas con picana eléctrica. Después lo trasladan a Córdoba en avión, alojándolo en El Campo La Ribera. Desde allí lo llevan al campo La Perla, repitiéndose las torturas durante 8 días; otra vez al Campo La Ribera y allí hasta noviembre que es la última vez que tenemos noticias suyas. Todo lo que sabemos es por testimonio de...entre otros.»
Ante la desaparición del joven Canizzo se interpone el correspondiente hábeas corpus en expediente 26-C-76 y en los considerandos de la resolución recaída, el juez federal expresa:
«...Que según informe del señor Comandante de la Brigada Aerotransportada IV a las fojas 12, Juan Antonio Canizzo se encuentra detenido y a disposición del Area 311, con intervención del Juez de Instrucción Militar Nº 70»
Esta Delegación debe informar a la ciudadanía de Córdoba, que, con fecha 10 de agosto de 1978 y en nota firmada por el general Juan Bautísta Sasiaiñ, se responde al requerimiento del Tribunal Federal manifestando que Juan Antonio Canizzo se encuentra a disposición de esa Jefatura de Area, con intervención del Juez de Instrucción Militar Nº 70.
Setenta días después y ante otro requerimiento judicial, el general Arturo Gumersindo Centeno contesta: «...Al respecto pongo en su conocimiento que el nombrado precedentemente no se encuentra detenido ni alojado en ninguna unidad carcelaria dependiente...»
Irónicamente la familia Canizzo había recibido con fecha abril de 1975 una conceptuosa correspondencia que en papel membretado, «Ejercito Argentino -RI Aerot 14» en alguno de sus párrafos expresa textualmente:
«Regimiento de Infantería Aerotransportada 14, es una de las unidades más prestigiosas del Ejército Argentino, cumpliendo el 31 de enero 73 años de vida honrosa al servicio de la Nación, custodiando su soberanía, instituciones, vida y bienes de sus ciudadanos. Esta circunstancia resulta propicia para asegurarles para su tranquilidad de que su hijo durante el presente año militar recibirá un trato digno y justo que culminará con la sensación y orgullo del deber cumplido acabadamente con la Patria. Así mismo, esta Jefatura está dispuesta a recibir a Vd. en toda oportunidad que estime necesario, permaneciendo este cuartel con las puertas abiertas para quienes contribuyen con sus hijos al proceso y seguridad de la Nación.» Firma: Mario Jaime Sánchez, Tte. Cnel. Jefe RI Aerot. 14...»
2) Secuestros en lugares de trabajo Raúl Ángel Ferreyra. -F. 15 (*)
Actual secretario general del Sindicato de Empleados Públicos (SEP) fue víctima de dos secuestros. El primero de ellos sucedió el 22 de abril de 1976, en el local sindical de la calle Corro 279, en presencia del testigo Pedro Sosa y lo lleva a cabo personal policial de la Provincia, que lo conduce al Departamento Informaciones en un automóvil blanco marca Ramblert sin patente. Permanece seis días con sus noches permanentemente esposado y vendado. El segundo secuestro se produce en la madrugada del 8 de agosto del mismo año, pero esta vez en su vivienda ubicada en Av. Kelvin 5475 de barrio Ituzaingó y por una comisión militar al mando de un oficial del Ejército, la que se conducía en vehículos militares. Luego de su detención, se dirigen al barrio del Sindicato de Empleados Públicos, donde proceden a secuestrar a otros dirigentes y empleados del sindicato: Miguel Narváez, Tomás Ortellado, Mario Marchese, José Antonio Aizpurúa, F. Prevotel, Toledo y Bustos, los que son conducidos al Campo de La Ribera, donde el señor Ferreyra permanece en la condición de secuestrado durante dos semanas, con los ojos vendados y esposado, sin que se lo sometiese a autoridad judicial alguna. Es liberado, dejándolo en la calle, en los alrededores de la Maternidad Provincial.
Tomás Carmen Di Toffino. -D.28 (*)
Dirigente del Sindicato de Luz y Fuerza de Córdoba, secuestrado a la salida de su trabajo en la Empresa Provincial de Energía (EPEC), a plena luz, el 30 de noviembre de 1976, a las 13:30 horas, en la calle Sucre entre Tablada y Humberto Primero. Lo arrastró por la fuerza un grupo de civiles, que invocó pertenecer a la Policía Federal, ante la vista impotente de los compañeros de trabajo y numerosos transeúntes.
Todos los requerimientos, todas las gestiones y averiguaciones dieron resultado negativo. Ante cada hábeas corpus la respuesta fue la misma: Di Toffino no estaba detenido en ninguna dependencia oficial. Empero, hoy, repetidos y coincidentes testimonios revelan su destino: estuvo varios meses secuestrado en la dependencia militar del campo de La Perla, soportó el mas terrible período de tortura y finalmente fue «trasladado» en condiciones que los testimonios narran como invariablemente asociadas a la ejecución e inhumación clandestina.
Otros dirigentes sindicales, que al igual que Ferreyra y Di Toffino, ostentaban una pública trayectoria gremial, fueron secuestrados en ocasión de su actividad laboral en el transcurso de 1976.
Hernán Andrés Vives. V.7 (*)
Fue «detenido» el 4 de junio de 1976 a las 8:30 por un grupo que se indentificó como perteneciente al Ejército Argentino en las dependencias de la Empresa Provincial de Energía ( EPEC), en la calle San José de Calasanz Nº550, donde trabajaba. Para cumplir su cometido el grupo represor se identificó previamente ante la autoridades de la repartición y sus miembros se instalaron al acecho hasta que la víctima llegó a percibir sus haberes. Junto a Vives fueron detenidas en el mismo lugar dos personas, que posteriormente fueron liberadas por las autoridades militares. En cambio, Vives permanece hasta la fecha como detenido-desaparecido.
Néstor Gilberto Lellín
Corrió igual suerte. Delegado metalúrgico detenido el 6 de septiembre de 1976 a las 11:00 horas, en el interior de la Planta Metalúrgica de autos de la Empresa FIAT CONCORD S.A.C.I.
Un grupo de personas, que invocó su condición de miembros de las fuerzas de seguridad, logró que se franqueara el acceso a la planta y arrancó a Lellín de su puesto de trabajo.
Al día siguiente, el mismo grupo retiró el automóvil propiedad del padre de Lellín, que el operario había dejado en la playa de la empresa.
Formulada la denuncia ante el Juzgado de Instrucción de 5 Nominación de esta ciudad y practicadas las primeras medidas de investigación, la IV Brigada de Infantería Aerotransportada informó al tribunal que el día del hecho el Area de Ferreyra, donde se encuentra la fabrica FIAT, estaba bajo «control operativo» del comando militar. Con ese pretexto, el magistrado actuante declaró su incompetencia y remitió las actuaciones a la Justicia Militar. Un año después el padre de Lellín, obtuvo del mismo juez militar - el te niente coronel Timoteo Gordillo -, la restitución del vehículo secuestrado. Replanteada la denuncia ante el Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad, el tribunal requirió al Juzgado Militar los antecedentes del caso. Increíblemente, la dependencia castrense respondió que no existían actuaciones labradas sobre Néstor Lellín. Sin embargo, obra en poder de la Justicia el recibo firmado por el suboficial que retiró el expediente del Juzgado de Instrucción Provincial, y ese mismo suboficial ya ha reconocido su firma en la investigación que prosigue la Justicia Federal.
Horacio Norberto Poggio - P.47 (*)
Empleado administrativo del Sindicato de Prensa de Córdoba. El 23 de julio de 1976 es secuestrado a las 17:00 horas, aproximadamente. Ese día irrumpe en el local de la entidad gremial un numeroso grupo de hombres armados, vestidos de civil que había llegado en varios vehículos, uno de los cuales era una camioneta de color oscuro. Amenazaron con armas de fuego a varias personas que se encontraban en el lugar, entre ellas dos afiliados, la encargada de la proveeduría y una empleada, llevándose a Poggio esposado. Dos integrantes del grupo subieron al primer piso, donde le manifestaron al teniente coronel González, desde hacía un mes interventor del Sindicato por resolución del ministerio de Trabajo de la Nación, que se quedara tranquilo, pues «la cosa no es con Usted».
Finalmente se retiraron, llevándose al citado empleado a quién arrojaron sobre el piso de la caja de la camioneta que estaba cubierta con una lona verde. Las gestiones que ha instancias de los afilia dos realizó el interventor González dieron resultado negativo y solamente pudo informar que la detención la realizó «personal de seguridad»
Nelson González. G.28 (*)
Empleado de la legislatura de Córdoba, también fue aprendido en su lugar de trabajo. El hecho se produjo el día 26 de abril de 1976.
Carlos Alberto Escobar. E.4 (*)
El 12 de abril de 1976, al concurrir a la Dirección de Educación Complementaria de Córdoba para percibir su sueldo es detenido al retirarse por un grupo de cuatro o cinco personas, quienes lo encapuchan y lo introducen en un vehículo marcar Renault 4S amarillo. Un testigo presencial del hecho escuchó una charla telefónica que realizó la directora de la repartición no bien aquel se apersonó, con la persona quién llamó «Capitán». El joven Escobar, hijo de un Coronel retirado, fue posteriormente visto en el centro clandestino La Perla por el testigo R.F.D.S. -D.23 (*), a quién se lo muestran desnudo, el cuerpo con múltiples llagas «desde la boca, que sangraba, hasta los pies correspondientes a quemaduras múltiples del tipo A.B., superficiales y profundas (flictemas o ampollas de 3 a 5 mmm, la mayoría rotas y en llagas), lo que en realidad daba al cuerpo el aspecto impresionante de una llaga que lo cubría de la cabeza a los piés; que ante esta persona, el Capitán Vergez manifiesta: «mirá cómo quedó ése (...) y ahora se va al pozo, porque el viejo es un militar gordo que ya nos está complicando (...)»
Fernando Enrique Risso. R23 (*)
Estuvo en la madrugada del 24 de marzo de 1976 junto a su padre, entonces ministro de Gobierno de la Provincia, en la Casa de Gobierno. Allí fue detenido cuando los efectivos militares llegaron a hacerse cargo del poder; diversos testigos lo vieron posteriormente en la prisión militar Campo La Ribera. Empero, todas las respuestas a pedidos, gestiones y hábeas corpus, fueron negativas y hasta hoy se carece de noticias sobre su destino ulterior.
3) Secuestros en domicilios Renée Rufino Salamanca. -S.24 (*)
Entonces secretario general del Sindicato de Mecánicos (SMATA), fue secuestrado el día del golpe de estado por personas que irrumpieron en su domicilio de barrio Sarmiento, sin que hasta la fecha se haya podido precisar su paradero. El 19 de abril de 1976, en la sede de la IV brigada de Infantería, se informó a su esposa, Olga Cortés de Salamanca, que el dirigente mecánico estaba detenido; pero a partir de entonces esta condición fue sistemáticamente negada. Incluso llegó detenerse a la señora de Salamanca, alojándola por dos días en la prisión militar de Campo de La Ribera.
Oscar Ventura Liwacki -L.10 (*)
Secretario general del Gremio de Empleados de Comercio, fue secuestrado el 12 de mayo de 1976 a las 2.45 horas de su domicilio en la ciudad de San Francisco (provincia de Córdoba)
Eduardo José Bicocca -B.28 (*)
Secuestrado de su domicilio en la localidad de Unquillo (provincia de Córdoba) en la madrugada del 26 de mayo de 1976. Trabajaba en el Frigorífico Mediterráneos.
Esther Silvia del Rosario Felipe de Mónaco
Licenciada en psicología, fue secuestrada del domicilio de sus padres en la Ciudad de Villa María el 11 de enero de 1978 a las 1.30 dejando una hijita de 25 días. Esa noche secuestran a su esposo, Luis Mónaco en otro procedimiento en la misma ciudad.
4) Secuestros en la vía pública Eduardo Raúl Requena -R.21 (*)
Otro dirigente gremial, representante de la entidad sindical C.T.E.R.A., fue secuestrado el 26 de julio de 1976, en un bar ubicado en Avenida Colón al 1100 de esta ciudad. Siendo las 18 o 18:30 horas, cuatro personas que se encontraban en ese establecimiento procedieron a amenazarlo con armas y lo ataron a la silla en donde se hallaba sentado. Posteriormente, lo introdujeron a una camioneta Dodge. El secuestro fue presenciado por varias personas que se hallaban en el lugar.
Entre ellas, esta Comisión receptó los siguientes testimonios: J.L.R. dijo que:
«el día 26 de julio, siendo aproximadamente las 18, cuando circulaba por la avenida Colón, al llegar al bar Miracles, que se encontraba en el 1112, observó que en su interior individuos de civil maniataban a una persona, a la que reconoció por tratarse de un amigo. Se trataba de Requena. Ante los acontecimientos de que era testigo y la inseguridad que significaba su presencia, decidió continuar en forma normal. En esos instantes vio llegar dos automóviles, una pickup Dodge y un Renault 12.»
El propietario del bar, a su vez, manifestó que:
«...el día 26 de julio fue testigo del secuestro de Eduardo Requena, en el establecimiento de su propiedad. El día mencionado a las 18.00 horas se encontraba en el bar el señor Requena. Antes que éste llegara, se encontraban en dos mesas, cuatro personas, dos en cada una, y al ingresar la víctima y sentarse, pasados algunos minutos se acercaron dos de los que se hallan en una mesa cercana y luego de amenazarlo, proceden a maniatarlo. Sorprendido por ésta insólita situación, el testigo les preguntó «qué hacían» a lo que los individuos le contestaron que se trataba de «un procedimiento». En esos momentos ingresaba al bar otra persona, cuyo nombre desconoce el testimoniante, y al observar lo que sucedía, trata de regresar a la calle; los otros dos sujetos que se encontraban en la mesa restante, se levantaron rápidamente saliendo a la vereda y apresando a la persona e introduciéndola en el bar. El desarrollo de los hechos posteriores fue muy rápido. Llegaron dos vehículos, una pickup Dodge y un Renault 12, y se llevaron a Requena y a otra persona.»
La persona secuestrada junto a Requena, no es otra que Julio Roberto Yornet -Y.1-(*), estudiante de Agronomía de la Universidad Nacional de Córdoba, de 31 años de edad.
Uno de los testimonios sobre la Perla, el que presta a esta Delegación de la CONADEP, P.A. -A.16 -(*) en relación al señor Requena dijo que:
«en el mes de Julio de 1976, sin poder precisar la fecha con exactitud, vio ubicado frente suyo, medio en diagonal, en una de las colchonetas de la cuadra, al mencionado Eduardo Requena a quién conocía de nombre por ser dirigente de C.E.T.E.R.A.. Al preguntar por haber escuchado su nombre a los otros prisioneros, éstos le confirmaron que se trataba de dicho dirigente. Que cree que permaneció alrededor de una semana, frente suyo. No viéndolo con posterioridad nunca más...»
Como se puede comprobar a esta altura del relato, las detenciones se realizaban en las más diversas circunstancias, por personal militar uniformado o sujetos vestidos de civil; en los lugares de trabajo de las víctimas, en sus domicilios particulares o en lugares públicos; hubo testigos insospechables que presenciaron procedimientos.
Los detenidos eran empleados, dirigentes sindicales o como el caso del doctor Valverde, un profesional con una trayectoria política públicamente conocida; pero en todos los casos, como invariablemente ocurrió con los otros miles, esas detenciones se transformaron en secuestros, en privaciones de la libertad absolutamente ilegales; unos, como ya se había dicho, temporariamente -semanas, meses-; el resto, los Di Toffino, Lellín, Escobar, Requena, Poggio, Vives, Valverde, González, Salamanca..., constituyen la aun indeterminada lista de ciudadanos que fueron desaparecidos, casi seguramente asesinados por sus captores.
¿Quién ordenó sus detenciones? ¿Cuáles fueron la causas y a disposición de qué autoridad fueron sometidos? ¿Quién o quiénes dispusieron que algunos recobraran su libertad, o fueran legalizados como detenidos, sea a disposición del Poder Ejecutivo Nacional o procesados por la Justicia o sometidos a Tribunales Militares? ¿Quiénes ordenaron la muerte, el ocultamiento de la identidad de la víctimas, la desaparición de aquellos secuestrados que jamás aparecieron? Por último, ¿Cuál fue el destino real de los detenidos-desaparecidos? Tales son los interrogantes que se plantearon a los miembros de esta Delegación de la Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas, y sus esforzados colaboradores, a medida que receptaban las primeras denuncias y los testimonios concretos sobre estos procedimientos.
5) Impunidad en los secuestros Otros secuestros que seguidamente se mencionan, servirán para evidenciar más claramente el grado de impunidad que ostentaban los ejecutores: y lo que quizás constituya la muestra más patética de la desprotección de la ciudadanía ante el ilimitado ejercicio del terrorismo de estado: el silencio.
Raúl Horacio Trigo -T.9- (*)
Fue detenido en su domicilio particular el 23 de junio de 1976. El operativo se inició en horas de la madrugada y comprendió a todo el edificio de departamentos sito en calle Potosí (O) 47, ubicado sólo a 50 metros de la Seccional Octava de Policía; intervinieron personal policial y militar uniformado y un grupo de elementos vestidos de civil. Con un impresionante despliegue de armamentos y disparando sus armas continuamente, procedieron a irrumpir en cada uno de los departamentos, siendo obligados los moradores a colocarse contra la pared, manos en alto y continuamente amenazados. Luego de permanecer unas tres horas y de robar diversos objetos de valor, preferentemente alhajas, radios transistores, relojes, etc, se llevan al joven estudiante de arquitectura Raúl Trigo. La denunciante Raquel Mirtha Sosa de Trigo, a la que habían dejado en su departamento del quinto piso, manifestó que una vez retirados los vándalos en vehículos del Ejercito y particulares, «Los vecinos le comentaron que junto con su esposo llevaron a un matrimonio joven del primer piso (...) que a la vecina del sexto piso la habían sacado muerta envuelta en una colcha, que la habrían matado en el dormitorio. Que al concurrir inmediatamente a la Seccional Octava de Policía (...) (ubicada a cincuenta metros) no le fue recibida la denuncia, al igual que en la Jefatura de Policía de esta capital, ya que adujeron que habían intervenido militares...»
Dr. Rogelio Aníbal Lesgart -L.23 (*)
De profesión médico, secuestrado de su domicilio sito en avenida 24 de septiembre 877 de la ciudad de Córdoba, el día 25 de abril de ese trágico año de 1976. Su padre y su hermana, María Amelia, salieron rápidamente para requerir auxilio en la Seccional Sexta de Policía que se encuentra ubicada en la citada avenida a la altura del 1455. En esa circunstancias llegó a la seccional el grupo secuestrador, cuyo jefe se identificó como perteneciente al Ejercito e hizo que detuvieran a María Amelia Lesgart -24- (*), hermana de Rogelio Aníbal. Tres días después desaparece de ese local policial. El padre de las víctimas señor Rogelio Lesgart, al denunciar el hecho ante la CONADEP manifestó que:
«En la Jefatura de Policía y en la Seccional Sexta no le aceptaron la denuncia manifestando que era un procedimiento del Ejercito y que ellos no podían aceptar denuncias contra la Fuerzas Armadas...»
Uno de los testigos de la Perla R.F.D.S., al presentar declaración frente a esta Comisión y que luego fue ratificada en sede judicial, se refirió al hecho en los siguientes términos:
«...Que el dicente es testigo presencial del secuestro del doctor Rogelio Lesgart el día 24/4/76 y de la persecución de María Amelia Lesgart, hermana del anterior y de su padre, quienes ante el secuestro de su hermano se suben a un automóvil Ramblert, color gris metalizado, dirigiéndose a toda marcha a la Seccional Sexta que distaba a pocas cuadras del domicilio de la familia Lesgart. Allí Vergez hace dejar detenida a María Amelia Lesgart, trasladándola posteriormente a la Perla...»
En el expediente judicial, R.F.D.S. expresa que:
«...Cuando se produce el secuestro de Rogelio y María Amelia Lesgart (...) el capitán Vergez se queda sin gente y lo hace tirar al dicente al piso del auto, acompañado en ese momento por Ricardo Lardone y va a buscar refuerzos a la zona próxima al 141, donde residía personal del Destacamento. Allí se incorpora el mayor Diedrich y el teniente coronel Oscar Hermes Rodríguez. Producido el secuestro de Héctor Araujo y Liliana Marchetti de Araujo, -M.23 y A.19 (*) los hermanos Lesgart son trasladados a la Perla.
Alfredo Horacio López Ayllón -L.18 (*)
La misma modalidad se registró en la denuncia de su detención ocurrida el 12 de noviembre de 1977, en la casa de campo de sus padres, en Solares de la Ensenada, Ciudad de Villa Carlos Paz. El doctor Jorge Arnaldo López, de profesión médico, padre de la víctima relató que ése día: «...A las 22.00 horas, cuatro automóviles llegaron hasta la casa en donde mi hijo se encontraba solo, a la espera de nuestra llegada. Descendiendo de ellos personas fuertemente armadas que vestían de civil y en el jardín a la vista de los vecinos, redujeron a mi hijo que es de débil contextura física, razón por la cual unos días antes había sido exceptuado de prestar el servicio militar obligatorio, teniendo 18 años recién cumplidos (...) A los gritos del mismo, los vecinos dieron aviso a la Policía de la Villa Carlos Paz. De esa comisaría llegó un patrulle ro cuando aún quedaba uno de los coches con cinco personas armadas, pues los otros habían partido llevándose a mi hijo. Al proceder la Policía, los secuestradores a viva voz gritaron «no tiren, somos del Ejército». No obstante los policías les hicieron arrojar sus armas al suelo y salir uno a uno con las manos en la nuca. Ante la insistencia de que eran del Ejército, los identificaron mediante sus credenciales que éstos portaban y una vez constatado de que se trataba efectivamente de Fuerzas de Seguridad del Estado, los dejaron en libertad. Esa misma noche continúan el procedimiento en mi casa de Córdoba y en la de una hermana de mi señora. Cabe destacar que en los domicilios abrieron las puertas sin violentarlas y al tiempo que tocaban el timbre, de lo que se desprende claramente que lo hacían con las llaves que le habían quitado a mi hijo en Carlos Paz. Estas personas fuertemente armadas manifestaron pertenecer a las Fuerzas de Seguridad del Estado, procediendo a requisar ambas casas, buscando, según ellos, literatura marxista, siendo su resultado negativo. Al retirarse sus palabras fueron: «y cuiden a esos dos que les quedan, no vaya a ser que les pase lo mismo», refiriéndose a nuestros dos hijos que se encontraban con nosotros, con lo que tácitamente, estaban admitiendo la detención de los otros dos...» (L mención «otros dos», se refiere a Alfredo Horacio y Jorge Gustavo Ayllón, éste último secuestrado con anterioridad el día 15/5/77.
El declarante continúa diciendo:
«...Posteriormente concurrimos a la comisaría de Carlos Paz, donde el entonces Comisario Principal Navarro Oro confirmó el procedimiento corroborando todo lo manifestado por los vecinos y agregando, palabras textuales, «...Sí, nosotros entorpecimos el procedimiento porque ahora lo sabe todo el barrio...» Que las palabras del Comisario Navarro Oro fueron ratificadas ante el teniente coronel González Navarro habiéndose identificado a un tal «Gómez» como actuante del procedimiento.»
Esta actitud policial de negarse a recibir denuncias de los familiares o de vecinos que presenciaron secuestros, se continuaba en los Tribunales cuando, ante la presentación de los hábeas corpus en favor de los secuestrados, la respuesta de los organismos militares y de seguridad -que demoraba un mes o más- era que tales ciudadanos no se encontraban detenidos, es decir, ingresaban de una manera «oficial» a la situación de desaparecidos; no se hacía lugar a la acción de amparo, ante lo informado por la autoridades militares y policiales, sin que el Ministerio Público promoviera la acción penal tendiente a investigar estos gravísimos hechos en que estaba en juego la libertad y la vida de las personas. El cerco de silencio se completaba con la prohibición a los medios de difusión de receptar y de dar a conocer las denuncias sobre los procedimientos, que impartió la Jefatura del Comando del III Cuerpo de Ejército y que fuera pasivamente acatada por dichos medios. En tal sentido, resulta ilustrativo el «memorándum» interno de un diario de esta ciudad en el que se prohibe al personal periodístico lo antes referido, en los siguientes términos: «Por disposición de esta dirección y con motivo de la directivas del III Cuerpo de Ejército, en el día de la fecha no se deberá publicar: 1) Reclamo de familiares o personas vinculadas a presuntos detenidos que deseen conocer su paradero. 2) Informaciones directas o indirectamente vinculadas a la delincuencia subversiva de la que se carezca información oficial.» El «memorándum» lleva fecha de abril de 1976. He aquí patéticamente configurado el cuadro de situación. La desolación y la impotencia más absoluta de los padres, hermanos, amigos y compañeros de los detenidos-desaparecidos; la impunidad de los responsables y ejecutores: la indefensión total de las víctimas. También el porqué del desconocimiento de la población en general sobre la magnitud de la desaparición forzada de personas.
No podemos dejar de recordar la impúdica declaración del máximo responsable del accionar represivo en nuestra provincia en los años 1976/79, general Luciano Bengamín Menéndez, cuando dijo:
«...creo que aquel que se siente que ha sido objeto de alguna arbitrariedad debe presentarse a la Justicia. Además había que preguntarse porqué no lo hizo en el momento oportuno...» (Tiempo de Córdoba, 19.1.83 5)
Hasta la misma periodista que le hacía el reportaje tuvo que contestarle: «...Tengo la impresión que en aquellos tiempos era, por lo menos difícil...»
La periodista se acercaba a la realidad en su apreciación, pero aquella era más que difícil.
6) Riesgo de los familiares Don Arturo Ruffa -R.17 (*)
Hombre muy vinculado al deporte del básquet, al efectuar su denuncia testimonio frente a esta Delegación y, además de promover la pertinente querella criminal por el secuestro de su hijo Ricardo Armando Ruffa -R 31 - (*)
«...siendo aproximadamente las dos horas, irrumpieron en mi domicilio un grupo de quince personas armadas, que aunque vestidas de civil, invocaron pertenece a las Fuerzas de Seguridad, hecho éste corroborado por la presencia en las esquinas (Pampa y Pasaje Santa Catalina y Santa Cruz y el mismo Pasaje), de camiones del Ejército que interrumpieron el tráfico. Todos los miembros de la familia (...) fuimos sometidos a torturas psíquicas y físicas (amenazas de muerte) durante las dos horas que duró el procedimiento. A las cuatro de la mañana, mientras nos volvían a golpear y amenazar, nos pusieron con las manos levantadas, los ojos vendado y de cara a la pared, ordenando que debíamos permanecer así hasta las ocho horas. Advertidos que se habían retirado nos sacamos el vendaje y luego de encender la luz, nos dirigimos al dormitorio donde habían encerrado a mi esposa e hija -que se encontraba embarazada-, encontrándonos con la terrible certidumbre que se habían llevado a nuestro hijo Ricardo Armando. Desde la mañana de ése día, todos los miembros de la familia comenzamos a deambular en su búsqueda, recorriendo desde la jefatura de Policía de la provincia hasta las seccionales más cercanas. Concurrimos al III Cuerpo de Ejército y al Misterio de Gobierno de la Provincia. Presenté un hábeas corpus ante el Juzgado de Instrucción de turno con resultado negativo. El mismo destino tuvieron sucesivos recursos similares presentados posteriormente ante la Justicia Federal. En numerosas oportunidades acudí al Ministerio del Interior, presentando notas en las que requería información sobre el destino de mi hijo.»
Continúa el declarante diciendo:
«La respuesta a tantas diligencias, se produjo el día 20 de octubre de 1976, en que fui secuestrado junto a mi hijo mayor, Arturo MIguel, en mi domicilio y en un procedimiento idéntico al anterior, también en horas de la madrugada. Las primeras 48 horas fueron terribles: nos sometieron a todo tipo de tormentos en un lugar que no puedo identificar, porque permanecí encapuchado: luego fuimos trasladados a la dependencia militar denominada Campo de La Ribera. A los quince días de permanecer en dicho lugar, mi hijo Arturo Miguel fue trasladado a la Penitenciaría Provincial de Córdoba. En tanto yo, fui liberado dos semanas después. En ésa dependencia militar fuimos interrogados en varias oportunidades y el militar que se encargaba de ello me permitió quitarme el vendaje que cubría mis ojos. Igual procedimiento adoptó con otros padres de jóvenes desaparecidos, quienes se encontraban en la misma situación del dicente. Entre ellos puede recordar al señor Juan Borgogno ( hoy fallecido) al señor Pablo Chabrol y dos personas apellidadas Salas y Onetti. En uno de dichos interrogatorios, el oficial encargado de esa tarea -cuyo nombre ignoro- y que se hacía apodar «el Gordo Bueno», habiéndome asegurado que mi hijo Ricardo Armando se encontraba con vida, me entregó una carta manuscrita que reconocí como de su puño y letra, en la que me decía «no busques más que alguna vez nos volveremos a ver». Al intentar como era natural retener la carta, el oficial me obligó a restituírsela rompiéndola en mi presencia. Al recuperar mi libertad me enteré que mi esposa me había presentado un recurso de hábeas corpus en favor de mi hijo Arturo Miguel y mío ante la Justicia Federal, la que al requerir los informes pertinentes a los organismos militares y de seguridad, obtuvo como respuesta informes en el sentido que mi hijo se encontraba detenido en la Cárcel Penitenciaria a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, pero a mi respecto en todos los casos, negando mi detención y desconocer mi paradero»
Era muy difícil en aquella época denunciar la desaparición; pero muchos familiares a pesar de todo y con los riesgos que ésta experiencia gráfica, lo hicieron sin encontrar otro eco que la negativa, las amenazas y las represalias. Asimismo, los hábeas corpus presentados ante la Justicia Federal y en los Tribunales Provinciales, demuestran de una manera indubitable, que la gran mayoría de los casos de detenciones-secuestros, fueron denunciados ante la autoridad que correspondía y en forma reiterada.
7) Otros casos de secuestros Se ha dicho que las modalidades que adquirieron los procedimientos fueron múltiples.
A.J.D. -D.24-(*)
De la ciudad de Cosquín, prestó una valiosa declaración sobre la detención masiva de ciudadanos practicada por elementos militares con inusitado despliegue bélico. Esto ocurrió en el hospital Colonia Santa María de Punilla, donde el declarante se desempeñaba en la sección pinturería del Servicio de Mantenimiento de ese Nosocomio. A.J.D. relata que:
«... el día 26 de mayo de 1976 alrededor de las 9 mientras cumplís sus actividades normales en el hospital, le llaman por teléfono desde la Oficina de Personal y lo hacen dirigir a una habitación donde estaba también el doctor Sassatelli (médico Psiquiatra), la señora Marta de Ceballos (encargada del depósito), el señor Carlos Albornoz (enfermero) y el señor Carlos Alberto Carranza (secretario del Jefe de mantenimiento). Después de su llegada a la habitación, entran otros empleados entre ellos, Ramón Maidana ( Servicio de Agronomía), Santiago López (enfermero) y Carlos Alberto Brandalise (enfermero). Que ese mismo día 26 en horas de la mañana se habían presentado en el hospital personal del Ejército vestidos con uniformes de fajina color verde oliva, fuertemente armados y varios vehículos, entre ellos tres camionetas con tropas y dos colectivos, dispersándose por toda la zona. Que el personal militar había ingresado al hospital y había tomado posición en todas las secciones y servicios del mismo. Desde la habitación mencionada ya custodiados por personal del Ejército, los llevaban a todos los que estaban a un pabellón de pacientes alcohólicos, el C-1- Luego de referir que fueron trasladados a otro recinto en un ómnibus azul y que durante todo el operativo un avión militar sobrevoló constantemente la zona» Continua diciendo: «que ya estando en ése pabellón comienzan a traer a otras personas que no pertenecían al hospital, residentes en Cosquín o en Valle de Punilla, entre ellos, el doctor Reynaldo Wisner y el doctor Raúl Acosta ( ambos médicos de Cosquín y que habían sido detenidos y trasladados a la policía y de allí al Hospital) Gaspar y Tito Noguez (comerciante), Sergio Omar Poidori, un profesor de la Escuela Técnica ENET de apellido Luna, Nora Sendra, Keka Albornoz, Nemesio García y otras personas que no recuerda. Todo el personal del Hospital detenido fue llamado por una lista que tenían los militares donde figuraba como peligroso «activista»; el declarante hizo mención «que desempeñaba actividades gremiales sin tener ninguna filiación política. Siendo las 19 horas los llevan a otra habitación, donde les vendan y atan las manos, los hacen poner contra la pared. Que ya siendo de noche los sacan a todos, atados y vendados y los militares les ayudan a subir a un camión donde los sientan uno al lado de otro. Desde allí y previo a un viaje de casi dos horas, los llevan a un lugar que luego reconocen como Campo de la Ribera. Allí estuvieron por casi una semana. Que en el Campo los llevan a una habitación y al lado del dicente estaba el doctor Wisner, de allí los van sacando de uno en uno y los llevan por una galería golpeándolos mientras van caminando. Al dicente lo introducen en un habitación donde había poca luz y tres personas que lo interrogan. A pesar de estar vendado, puede reconocer a uno de ellos por conocerle desde su paso por la Escuela Técnica; era un sujeto de apellido Soria de Cosquín...»
Mas adelante, al tratar los apremios ilegales y tormentos se volverá sobre este testimonio. Dado el despliegue militar y sus «logros», reiteración de otro procedimiento masivo en esa castigada ciudad de Cosquín cuando secuestraron a Helber Mario Oria -7 (*), Víctor Boichenko -B 13 (*), Jacobo Lernes (desaparecidos) Nélida Amelia Insaurralde (asesinada en la Ribera), Julio García (herido de bala); cabe una reflexión ¿a esto se refieren a quienes persisten de hablar de guerra?
Fueron secuestrados, detenidos ilegalmente, jóvenes adolescentes, niños, mujeres embarazadas, hombres y mujeres de edad madura; obreros y empleados -muchos de ellos dirigentes o activistas gremiales- estudiantes universitarios, secundarios; profesionales- abogados , médicos, ingenieros, psicólogos, etc.- comerciantes, trabajadores independientes... de todos los estratos sociales y de todas las edades, aunque mayoritariamente los más castigados fueran jóvenes.
Se debe mencionar entre los abogados además del doctor Valverde a los doctores Carlos Altamira -A.) (*), secuestrado en la vía pública el día 27 de mayo de 1976 alrededor de las 16 horas, posteriormente visto en a Perla, según testimonio de R.F.D.S. quién sostiene que el teniente primero Ernesto Guillermo Barreiro interrogó a Carlos Altamira en una de las oficinas de la Perla y Rodolfo Gustavo Gallardo junto a Nora Graciela Peretti de Gallardo -G.19 y P.15 (*) ambos también abogados, asesores letrados de gremios de la ciudad de San Francisco (provincia de Córdoba) y dirigentes del Frente de Izquierda Popular (FIP). Estos últimos fueron secuestrados de su domicilio en esa ciudad en la madrugada del 12 de mayo de 1976.
«La comisión actuante, para disimular y encubrir su irregular procedimiento, pintó en la fachada e interior del domicilio la leyenda «traidores-ERP». Cuando era público y notorio que dicho matrimonio jamás tuvo nada que ver con esa organización terrorista ni con ninguna similar. Poco después del hecho en la localidad de la Francia y a la vera del camino, apareció volcado y semidestruido por el fuego, un automóvil en el que fueron hallados documentos del doctor Rodolfo Gustavo Gallardo.»
Inútiles fueron las gestiones realizadas ante distintos organismos oficiales y privados para conocer el paradero del matrimonio.
El testimonio presentado ante CONADEP por R.F.D.S., relata el paso de los doctores Gallardo por la Perla. Dice así:
«...Que en una oportunidad el grupo operativo de la Perla, convenientemete reforzado por otros efectivos entre los que se contaba Ricardo Luján, sale a cumplir una tarea en la ciudad de San Francisco y entre los vehículos utilizados había un Peugeot 504, cree de color verde o algo parecido y que la regresar desde San Francisco sufre un accidente en la ruta por lo que tienen que abandonarlo. Que lo dicho le consta al dicente por cuanto al llegar el grupo operativo ala Perla, lo llaman para que atienda a las personas que tenían contusiones múltiples. Que recuerda el dicente que al atender a la persona secuestrada, ésta se dirigió a él inquiriéndole si sabía cual era su situación y destino, a lo que le contestó que lo ignoraba por cuanto él era un secuestrado. Que esa misma persona le describió el vehículo que había sufrido el accidente. Quiere agregar el dicente que con posterioridad supo que se trataba de un matrimonio de abogados de San Francisco y un dirigente gremial, a los cuales vio después varias veces en la Perla, que el se llamaba Gustavo Gallardo y ella Nora Peretti...»
8) Secuestro de familias La detención y posterior secuestro de dos jóvenes hermanos, albañiles, realizado por efectivos militares uniformados, con similar despliegue de fuerzas, fue denunciado por la madre doña Obdulia Lorenza Moreno de Casas, ante esta Comisión y ante la Justicia Federal. El testimonio es una impresionante secuencia de persecución, detenciones ilegales, torturas destrucción de bienes, intimidación y secuestro. Comienza fines de marzo de 1976, cuando una patrulla del Ejército se presenta en el domicilio familiar de Villa Azalais en esta ciudad de Córdoba e interroga a la señora Casas -de edad avanzada y precaria salud- sobre los datos de los miembros de su familia y lugar donde se encontraban. No satisfechos con sus respuestas, los militares la detuvieron y la trasladaron al Campo de la Ribera, donde poco después llevaron a cuatro de sus hijo y un yerno. Liberados después de tres días de trato denigrante, los Casa debieron abandonar el domicilio antes citado por la reiteración de las amenazas de todo tipo. De su gravedad y seriedad, da cuenta lo ocurrido después: el 19 de abril de 1976, a las cuatro de la madrugada, un grupo saqueó e incendió la casa sin que jamás la policía - ante la que se formuló la denuncia- haya informado sobre ninguna medida de investigación.
Pero el extremo más angustioso de ése verdadero drama familiar, ocurrió el 19 de agosto de ese mismo año, en Arguello.
Hugo Francisco Casas -C28- (*)
De 25 años y su hermano Carlos Aníbal Casas -C31-(*) de 20 años de edad, trabajaban como albañiles en una casa en construcción, en la que también pernoctaba mientras duraba el trabajo. El día citado, personal del Ejército montó un impresionante operativo, en el que virtualmente se «ocupó» el barrio, obligando a todos los vecinos a encerrarse en sus casas. Los miembros de las Fuerzas Militares actuantes, se llevaron detenidos a los hermanos Casas y retiraron del lugar una cantidad de herramientas y elementos de trabajo, algunos propiedad del sueño de la obra. Desde entonces las autoridades militares negaron tener en su poder a los jóvenes detenidos, generando una incertidumbre sobre su destino que se prolonga hasta hoy, pero en cambio un oficial de alto grado restituyó en la propia sede de la IV brigada de Infantería las herramientas sustraídas al empleador de Hugo y Carlos Casas.
II. Torturas La tortura como sistema de aniquilamiento
Podemos afirmar que prácticamente todos los detenidos durante el primer año de la dictadura militar fueron sometidos a diversos apremios ilegales. Estos comenzaban con el hecho mismo de la detención, ejerciendo un violencia injustificada, amenazando y lo que se constituyó en una casi invariable modalidad represiva: tapando la visión de las víctimas con vendas o capuchas, con la intención de no ser reconocidos en le futuro e impedir la localización de los lugares de enclaustramiento. La evidente «irregularidad» del procedimiento generaba en el preso la certidumbre de su virtual secuestro y con ello el padecimiento que producía su total desamparo. Pero esto era simplemente el comienzo, pues luego venía todo lo demás: los golpes de puño y con objetos contundentes, la asfixia por inmersión o impidiendo la respiración con bolsa de polietileno que tapaban la cabeza («submarinos o mojarritas»); la aplicación de descargas eléctricas («picana») sobre partes más sensibles del cuerpo, previa colocación de un elástico de cama y atar las extremidades de la víctima, que normalmente era desnudada para las sesiones; las quemaduras generalmente provocadas por cigarrillos que eran apagados en el cuerpo inerme del detenido y que luego, por falta de atención médica y el medio insalubre en que se los tenía postrados, producían infecciones en las llagas abiertas; el simulacro de fusilamiento; el obligar a presenciar a un familiar la tortura salvaje de su padre, hijo, esposa, hermano, todo ese mundo de horror, hacen que razones de necesidad pública tornen imperativo dejar de una lado un natural pudor a quien ingresa en su conocimiento.
Seguidamente, a mero título ejemplificativo, se refieren diversos casos concretos; ellos se presentan clasificados según los lugares de detención en que se produjeron las torturas.
1) Campo La Perla J.L.-A. 35-(*)
Obrero metalúrgico, empleado en FIAT CONCORD, que fuera secuestrado el 22 de noviembre de 1976, de su domicilio particular, relata lo siguiente:
«En dicha pieza había un perchero en el cual estaban colgados un palo, una cadena y una cachiporra; también había un escritorio en el que se encontraba una persona. Procede a sacarle la venda y se encuentra con el mismo sujeto que aparentemente dirigió el operativo de su secuestro. Luego por comentarios recibidos piensa que se trata de Acosta... le hace comprender que allí ellos dominaban la situación (...) Acto seguido demuestra en los hechos lo antedicho, procediendo a golpearlo con una cadena, el palo y la cachiporra de goma, diciéndole en cada oportunidad qué elemento usaba. Además lo golpeaba con el puño. El compareciente en esos momentos continuaba sin vendas, pero atadas las manos...»
N.T.P. -P.33(*)
Se encontraba embarazada y fue secuestrada en circunstancias de haber concurrido a la Maternidad Nacional de Córdoba a realizar un control de embarazo. En su denuncia manifiesta que:
«...al detenerse el vehículo, la sacan del mismo y a empujones la van llevando, vendada y encapuchada hacia un lugar cubierto. Allí comienzan a propinarle una feroz golpiza; preferentemente en el vientre y en la cabeza. Mientras la golpean le gritan que van a matar a la criatura que lleva en el vientre. La insultan y amenazan permanentemente. En un momento dado le dicen: «estás desaparecida en la Perla. De aquí ni Dios, ni el Papa, ni el presidente te sacan...»
C.M.S. -S.49 (*)
Detenido el 9 de marzo de 1977, en horas de la mañana, cuando se dirigía a su trabajo. Lo que sigue, es el relato de sus procedimientos:
«... durante varios días fui sometido a todo tipo de tormentos. Golpes de puño, patadas, golpes con gomas y palos, asfixia con agua o bolsas de nylon (submarino húmedo o seco), según la siniestra inventiva de los torturadores. Varias veces me colgaron de un palo atravesado en la espalda y durante cinco noches me ataron desnudo a una cama de metal, dándome descargas eléctricas, por todo el cuerpo, mojándome de tanto en tanto (...) Mientras estuve allí detenido, estaba en la cuadra conmigo un joven Alejandro Monjeau (...) fue brutalmente torturado y su agonía duro varios días; yo escuché constantemente sus gemidos de dolor y según unos «destabicados» que lo atendían, tenía reventada la vejiga y declarado por ello una infección generalizada en su aparato genital...»
Todas estas declaraciones fueron ratificadas ante la Justicia en las distintas causas que se instruyen, y aunque resulte agobiante, es preciso proseguir con esta dolorosa ejemplificación.
O.H.L. -L.30 (*)
Secuestrado el 23 de abril de 1977, a las 20,30 aproximadamente. Relata:
«...me di cuenta que íbamos al Oeste de la ciudad, era la ruta 20. Camino a Carlos Paz (...) fui introducido en una oficina, atado a una silla, sin golpes. Me empezaron a hablar de la guerra que estaban desarrollando y que yo tenía que colaborar con ellos, el Ejército Argentino. Ante respuestas mías que fueron consideradas evasivas, empezaron los golpes de todo tipo, cada vez más fuertes y salvajes, entre ellos un cable alta tensión, un martillo de madera, de esos utilizados para machacar carne, en cuyo mango estaba escrito «para amasar zurdos y sionistas». Luego me llevaron a la parrilla, en la jerga de esos elementos, o sea la picana eléctrica. Me ataron a una cama con dos cintos en las muñecas y dos sogas de plástico con nudos corredizas en los pies. Aplicaban la picana en todos lados, pero principalmente en los genitales, en la boca. Uno de los verdugos se reía a carcajadas mientras aplicaba su «sabiduría inhumana». Varias veces perdía el conocimiento, varias veces se me aplicaron fuertes golpes en el pecho para hacerme reaccionar y luego de no se cuanto tiempo me sacaron de ese pequeño infierno, en el que uno está solo con su conciencia. Me llevaron a un galpón grande y largo en el que había otra gente que se quejaba y lloraba de dolor. Otros cuidaban de nosotros, pero también detenidos; los días 24, 25 y 26 furon lo mismo, pero con más brutalidad; (...) el día 27 de abril al mediodía o cerca de él, fui dejado solo, después de una sesión de tortura. Uno de los cintos que sujetaban mi muñeca se había aflojado o roto y pude soltar un brazo y así con éste, desatarme completamente. Lo primero que intenté fue huir, pero la puerta estaba cerrada con llave. El cansancio, la desesperación, mi dignidad de ser humano por el suelo al ser tratado peor que los animales - éstos matan por necesidad, nunca por placer-, el no querer jugar más con mi resistencia, para no llevar a otros a esta situación, hicieron que tomara la determinación de quitarme la vida. Primero quise quitármela ahogándome en un tacho de 200 litros con agua que ellos tenían para torturar, pero no pude. En un rincón había una sierra y con ella intenté cortarme las venas, pero no pude tampoco; entonces rompí una botella de desodorante de la cuál salió un vidrio muy filoso con el que procedí a cortarme las muñecas y las articulaciones de los brazos. A todo esto, para darme fuerzas, me había hecho con un cepillo de dientes que había encontrado tirado en la cuadra el día anterior, una cruz con la que me encomendé a Dios. Poco después perdí el conocimiento y desperté en una sala del Hospital Militar, con sangre y suero. Luego me enteré que se me había practicado una flebotomía. En la habitación contigua estaba una mujer embarazada de apellido Piazza, dicho por los soldados de la guardia...»
En el capitulo anterior se hizo referencia al doctor Eduardo Jorge Valverde, que se presentó espontáneamente ante una citación de personal militar perteneciente a la Fuerza Aérea y que quedó detenido.
E.P.G.F., con respecto a este caso, testimonió ante esta Comisión y dijo:
«Llegamos a un lugar edificado, donde nos desatan; una persona me entra a pegar, gritando como un loco. Reconozco que la voz de la persona que me pegaba y gritaba era Jorge Pereyra (...) cuando más o menos tomo conciencia del lugar, escuché que estaban interrogando violentamente a una persona que se llamaba Eduardo Valverde; le preguntaban constantemente por su nombre de guerra, a lo que éste niega o cuando la golpiza era más tremenda, contesta: «Eduardo Valverde o Valverde Eduardo o doctor Valverde» (...) a la noche demoran mucho tiempo en interrogarlo a Valverde de nuevo, al que presumo pueden haberlo sacado ese día a la tarde junto a la pareja antes mencionada y a otros. Fue retirado por un carcelero muy cruel e histriónico, que con voz chillona nos llamaba muertos en vida, futuros fiambres etc. Valverde vuelve al noche muy distinto, con voz muy quebrada y es golpeado e interrogado durante varias horas, hasta que pierde la voz, descansan y vuelven a empezar. El interrogatorio se centra nuevamente en el nombre de guerra de éste, a lo que el prisionero insiste en responder llamarse Eduardo Valverde o Valverde Eduardo (...) El oficial vuelve enfurecido y alcanza a escuchar gritos, la voz de Valverde ya no se escucha, y lo último que siento es la voz de Pereyra que dice «metelo con ropas y todo» (...) supuestamente el día 28 de marzo sacaron a varios prisioneros creo que entre ellos iba Valverde, ya que no se lo escuchó nunca más, o bien pudo ser el 27 a la noche durante el último interrogatorio que sentí...»
El testigo, parte de cuya declaración se acaba de trasncribir, es uno de los ciudadanos que el 3 de mayo de 1984 participó en el reconocimiento de ese centro de tortura y extermino que fue la Perla, hoy cuartel del Escuadrón de Caballería Aero Transportada 4. Ese día, acompañado por miembros de la Comisión nacional sobre la Desaparición de Personas y de ésta Delegación, en presencia del Comandante del III Cuerpo de Ejército, general Mansilla, del Segundo Comandante, coronel Lullo, y del Comandante de la IV Brigada de Tropas Aero Transportadas, coronel Ramírez, reconoció el lugar de su cautiverio. Del acta que se le levantó con tal motivo, se extracta lo siguiente:
«...aquí fui traído para interrogarme, había un elástico igual que el que está, una lámpara de pie ubicada en el rincón derecho, una mesa con una máquina de escribir igual a la que está, en el elástico estaba el doctor Eduardo Valverde (...) que mientras una persona a la que le decían «Capitán» le tomaba los datos personales y de sus hermanos, un grupo de personas golpeaba con los puños y puntapiés a Valverde que estaba en el elástico de la cama, a la vez que lo llamaban por su apellido y le exigían que diera su nombre de guerra; que la persona que estaba siendo golpeada contesta que se llama Eduardo Valverde...»
De la querella iniciada por la esposa del doctor Valverde (Expediente 15-M-83) ante el Juzgado Federal Nº1 de esta ciudad, con fecha 17 de mayo de 1984, el magistrado dictó la resolución mediante la cual declara su incompetencia para seguir entendiendo en la causa, ordenando su remisión al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas; en uno de los considerandos dice:
«Que respecto a la cuestión a resolver, analizando la causa y valorando los testimonios de los doctores Erio Alfredo Bonetto (fs 36) Osvaldo Amadeo Bearzotti (fs 46), Jorge Alberto Furque (fs 48) y los términos de la denuncia (fs 48) y los términos de la denuncia (fs 7-13) surge con claridad que el doctor Eduardo Valverde se presentó en forma espontánea ante el puesto de guardia ubicado en el Hospital Aeronáutico, sito en avenida Colón esquina Jujuy de esta ciudad, donde quedó detenido y posteriormente conducido ante un pedido del III Cuerpo de Ejército a la cárcel Militar «Campo de la Ribera», esto es bajo Jurisdicción militar.»
O.L.V. -V.34- (*)
Secuestrado, que fuera detenido junto con su esposa el 21 de abril de 1977 en horas de la noche, relata sus tormentos en los siguientes términos:
«...Allí me separan de mi mujer y me llevan a una habitación donde varias personas vestidas de civil, a patadas y trompadas me tiran sobre una mesa y me preguntan por mi hermano L. E., que era delegado del Banco (...) y militante peronista. Luego me ponen un bolsa de plástico sobre la cabeza, para asfixiarme; después entra un individuo y dice que me saquen y lleven a la parrilla. Soy trasladado a otra pieza donde me desnudan y me tiran sobre una cama de metal, atándome de pies y manos, en cruz. Comienzan a pasarme corriente eléctrica por todo el cuerpo, especialmente en la zona de los genitales. Había varias personas que se hacían llamar «H. B.» «Vergara». «Paco» y una doctora «Dorita». Me dijeron que eran del Comando Libertadores de América y que me iban a matar a mi y a toda mi familia... «ni tu viejo se va a salvar y lo vamos a investigar por subversivo», se referían a mi padre que es comodoro retirado. En esos momentos traen a mi mujer para que presencie cómo me torturaban. Siempre preguntándome sobre mi hermano; luego me sacan del cuarto. Me gritan que a mi mujer la están torturando lo mismo que antes habían hecho conmigo. Me llevaron alzado a una oficina, donde a golpes propinados por un palo en el cuerpo y los dedos de los pies, me preguntan por mis datos personales. El interrogatorio se basa sobre las actividades de mi hermano L. E. mostrándome una foto del mismo. Me dicen que a mi hermano no lo buscan por haber matado a alguien, sino que es peligroso por su representatividad en el Banco y quieren que participe en una reunión política sobre la infiltración de la subversión en los gremios, en la Iglesia con los curas del tercer mundo y hasta en las Fuerzas Armadas. Monseñor Primatesta era considerado el Obispo rojo y además dicen que ellos tenían las manos manchadas de sangre de obispos (por lo de Monseñor Angelelli), y que de ése lugar no saldríamos vivos. En otro momento de la conversación, dicen pertenecer a un grupo de ideología fascista, siendo ellos oficiales y suboficiales del Ejército, cuyo jefe era el general Menéndez. Despotrican contra el general Videla, al que consideran un traidor. Me dieron muchos datos sobre mi hermano, mostrándome, además, un croquis en donde tenían nombres de personas, a cuyos lados figuraban las palabras muertos, en la cárcel, o fugados. En la pared había una maza de madera con una cadena colgando sobre un afiche que decía: El Ejército nació con la Patria el 25 de Mayo de 1810..»
2) La Perla Chica (Malagueño) E. V. A. -22-(*)
Médico y docente, manifiesta:
«Que después de recobrar la libertad a fines de junio de 1978, es detenido nuevamente el día 6 de julio de 1978, por el teniente o subteniente Jorge Afani (Affani) y tropa a su mando. En el mismo procedimiento habían detenido al ciudadano P.P., domiciliado en Villa Nueva...son trasladados, la madrugada siguiente, en un camión al parecer Mercedes Benz, con caja cerrada. Iban vendados y esposados con las manos atrás. Partieron con rumbo desconocido haciendo una parada previa, hasta llegara un lugar, que después se enteraría que estaba en las proximidades de la ruta Córdoba- Carlos Paz, dado que pudo observarla, además de un puente sobre nivel y una edificación alta al frente (...) los ponen en una habitación de muy pocas dimensiones, alrededor de diez personas, paradas vendadas, con las manos atadas atrás. Recuerda que al doctor B., además de ésto, le ataron los pies y le pusieron una mordaza. Calcula que allí estuvieron siete o nueve días; no lo dejaban dormir ni apoyarse en la pared, ni aflojar las rodillas. Al que veían que lo hacía lo castigaban duramente. No les dieron de comer alimentos sólidos y únicamente les permitieron tomar líquidos...»
Con fecha 3/5/84, el doctor E.V.A., junto a la CONADEP, se constituyó en dependencias de la sección Explotación del Comando del III Cuerpo de Ejército y procedió a efectuar un reconocimiento in situ del lugar.
P. P. -P.12-
Plomero y gasista. Testimonia:
«para el mundial de 1978, fue detenido con E. A., médico (...) los llevan a una habitación pequeña, donde pasaron una semana aproximadamente, parados, vendados, atados de pies y manos con alambres o cables, sin comer casi y bebiendo de vez en cuando agua salada. Allí debían hacer sus necesidades, ayudándose unos con otros, convietiéndose eso en un verdadero chiquero. El que se caía, vencido por el sueño, cansancio o el hambre, era golpeado fuertemente. Recuerdo el caso de C. D., persona mayor que se desmayó, fue muy castigado, no reaccionando, lo que hizo que los secuestradores dijeran en una oportunidad: «a este viejo lo vamos a llevar a los pozos», les ponían sonido permanente, tipo onda de radio, o bien los hacían dar vueltas, atados unos con otros, mientras los guardias gritaban a su alrededor de manera extraña, todo conducente a la aniquilación psíquica de los detenidos (...) que lo nombraban como H.B. o H. V.» El declarante, el día 3/5/84, junto con la CONADEP reconoce a la sección Explotación del Comando del III Cuerpo de Ejército, como la dependencia en donde estuvo detenido.
3) Campo de La Ribera Las aberraciones practicadas en los centros de detención clandestina, parecieron no tener límites. Al Campo de la Ribera fue llevada una niña de catorce años, ya ahora mayor de edad, quien relató así su triste experiencia:
«La compareciente es conducida a otra cama (...) entrada la noche, se acerca uno de los guardias y la amenaza con un arma, comienza a desvestirla y manosearla. Debe declarar que se encontraba en ese momento, atada de manos y de pies. Debido a la operación del tabique nasal no podía respirar por la nariz, debiendo hacerlo con la boca. El guardia colocó entonces el pene en la boca de la compareciente. De inmediato, la señora que se encontraba en el piso, comenzó a gritar y se despertaron todos, lo que obligó al guardia a que la dejara y comenzara a prenderle la ropa...»
La declarante continúa:
«Al día siguiente la llevan al patio, previamente, una persona que dijo ser médico, procedió, bruscamente a sacarle las vendas que con motivo de su operación tenía en la nariz; dichas vendas se las habían colocado en el hospital cuando la operaron, iban por dentro de la nariz llegando casi hasta la garganta...»
Andrés Avelino Yrrazábal -Y.2- (*)
Gendarme, dice:
«...Pude escuchar, durante los interrogatorios, gritos de los detenidos, originados en golpes que, luego, se manifestaban en las dificultades que tenían los mismos en caminar de regreso hacia la cuadra...»
José María Dominguez -D.25 (*)
Gendarme, testimonia:
«...En varias ocasiones conduje a los detenidos para ser interrogados y pude ver, ingresando a dicha habitación, que en la misma había una mesa, junto a un tambor de 200 litros de capacidad lleno de agua. Pude observar cómo en los interrogatorios sumergían medio cuerpo de la víctimas en el tambor de agua, en un procedimiento que conocían como «submarino»...»
Carlos Beltrán -B.8 (*)
Gendarme, narra:
«...A veces llevaban a un detenido a interrogar y antes de ello, le ordenaban a los gendarmes que lo «ablandaran». El «ablandamiento», consistía en que varios gendarmes conducían a los detenidos fuera del edificio, en un terreno ubicado en las proximidades del río, sometiéndolo a un duro castigo en dicho lugar. A veces, traíamos a los detenidos luego del interrogatorio, quienes presentaban todo el aspecto de haber sido muy golpeados, pues venían muy doloridos y en algunos casos, no podían estar de pie. Yo mismo presencié como H. B. en una oportunidad en que interrogaba a un joven proveniente de Tucumán, según el mismo manifestó, golpeaba al mismo en la cabeza, con un trozo de alambre tipo «San Martín», acerado...»
J.A.D. -D.2 (*)-
Expresa:
«...Dichos interrogatorios se efectuaban en una oficina más chica, provista de un escritorio en que hacían colocar las manos para golpearlas. Al observar los piletones que se encuentran ubicados en el lateral de la galería, el testigo recuerda que fue objeto de la llamada «mojarrita», procedimento por el que se sumerge la cabeza del individuo en la pileta con agua. Durante su recorrida, el dicente manifiesta que fue objeto de múltiples amenazas y vejámenes, teniendo que soportar amenazas de muerte, golpes de puño en el estómago, patadas, golpes con una barra de goma, etc...»
Lo antedicho consta en el acta de reconocimiento del Campo de la Ribera, efectuado entre otros por el testigo citado.
W.J.M. -M.12 (*)
Relata:
«...Que le consta que en dicho Campo se torturaba y que él mismo pudo comprobarlo, cuando por parte del interrogador apodado «Gordo» fue sometido a golpes de puño e inmersión de la cabeza dentro de una fuente con agua (...) Que también fue testigo de la tortura a que fue sometida S.P...»
4) Departamento Informaciones o División Inteligencia de la Policía de la Provincia Hablaremos ahora de otro centro de tormentos: el Departamento Informaciones o División Inteligencia de la Provincia de Córdoba.
L.A.U., agente, empleado de la policía, fue detenido el 12 de noviembre de 1976 cuando prestaba servicios en el D-2 (Inteligencia) y sometido, en circunstancias similares a las descriptas por los testimonios anteriores a feroces tormentos. Por su conocimiento del personal de esa repartición pudo identificar fácilmente a sus torturadores, entre quienes mencionó al Sargento Gómez (a) «El gato», al oficial Salgado, a los comisarios Romano y Tissera, al comisario principal Roselli. Asimismo, logró reconocer la voz del asesor del Jefe de policía, un teniente coronel cuyo nombre ignora, que participó activamente en la tortura. También identificó a un ex-instructor de la Escuela de Policía, que en ese entonces cumplía tareas en el Comando Radioeléctrico, el oficial ayudante Dardo Rocha. Por último, reconoció al oficial de guardia Francisco Gontero, quien desde una distancia de cinco metros le efectuó tres disparos, uno de los cuales le atravesó la pierna derecha a la altura de la rodilla. No contento con el resultado, tomó un palo y lo introdujo en la herida, lacerandolo y haciendo luego lo propio con el dedo. Previamente lo había dejado desangrarse por espacio de media hora. En ese momento arribaron otras personas y el torturador explicó su actitud afirmando que L.A.U. había pretendido arrebatarle el arma y fugarse. Esto ocurrió el 16 de noviembre de 1976. El testimonio de L.A.U. reviste particular significación porque además de su experiencia individual como víctima, cuyos puntos salientes hemos transcripto, describió en detalles la actividad y estructura de la División Informaciones o Inteligencia.
V. S. -S.14-(*)
Detenido aproximadamente el 14 de noviembre de 1974 dice:
«...en esa oportunidad se me citó a comparecer al Pasaje Santa Catalina donde estaba en ese momento Informaciones (Jefatura Central de Policía frente a la Plaza San Martín) (...) se me hizo pasar adentro, donde en un patio pequeño se procedió a vendarme los ojos y esposarme con las manos para atrás, dejándome en el mismo lugar (...) después de esos dos días, nos sacan a todos y nos llevan en un camión en el piso, nuevamente al Departamento Informaciones de la Policía, donde permanezco un mes aproximadamente. Nuevas sesiones de tortura con picana, golpes, prácticamente todas las noches. Me cuelgan desnudo contra la pared y me pegan con un cable en los testículos. Allí reconozco porque se nombraba, al subcomisario Merlo o Moro, que era un hombre alto, corpulento, cabello canoso, de allí su sobrenombre, lacio peinado para atrás y voz gruesa. Otro de los que estaba era un tal «Serpico», que era un individuo bajo, menudo, pelo corto y ondulado; la «Tia Santucho» morocha, grandota y una tal «Chica de Cipol», rubia pelo lacio, alta, de cuerpo mediano en peso, bastante linda y uno que creo que era comisario, por cuanto todos le preguntaban a él. Era gordo, medio bajo, voz amanerada, medio pelado y peinado a la gomina (...) nos llevan de a uno, a una de la habitaciones, donde nos interrogaban recibiendo fuertes golpes, junto con las preguntas. En la otra habitación, donde estábamos todos juntos, nos hacen descalzar, pisar agua y comienzan a aplicarnos la picana por distintas partes del cuerpo. Cuando por el cansancio o el sueño me caigo, me levantan violentamente, advierto que tengo roto el pantalón en la parte de atrás y se procede a picanearme el ano y los testículos. Además me queman con cigarrillos los brazos (...) una noche nos sacan a todos en un camión y nos llevan a otra casa, presumiblemente en la zona La Calera. Me torturan de continuo, sin interrogarme, con golpes, picana, quemadura de cigarrillos. Además, nos esposaban a unos árboles y nos introducían bichos en la boca, al escupirlos nos castigaban. En esa oportunidad me sacaron las uñas de los pulgares de las manos...»
H. D. L. -L.29 (*)
Ante esta Delegación de la CONADEP declaró:
«...el 13 de abril de 1976, un grupo de individuos que dijeron ser miembros de la Policía de Córdoba (División Informaciones) entraron a mi domicilio a los efectos de detenerme. Como yo había viajado a la provincia de Río Negro, se llevaron a mi hermana en condición de rehén, la cual fue restituida al hogar al hacerse efectiva mi presentación espontánea. Cuatro días después fui trasladado desde General Roca (provincia de Río Negro) a la División Informaciones de la Policía de la Provincia de Córdoba. Allí fui propiedad exclusiva de un torturador que se hacía llamar «Sargento Muller o El Gato» (no puedo precisar con exactitud si se trata de la misma persona, por estar vendado y encapuchado con un pullover de lana). Este torturador, que ya en el allanamiento había manifestado un odio visceral por los judíos, me otorgó, según sus propias palabras, un trato preferencial. Además de la tortura en vigencia (mojarrita, golpes, lastimaduras con clavos), fui sacado en dos oportunidades de Informaciones y conducido según una lista de jóvenes judíos que ya obraba en su poder, para que yo pudiera ver cuán bien informado estaba del «problema judío». Después del paseo (en dos ocasiones), fui conducido a terrenos desiertos camino a Alta Gracia, donde fui sometido a tortura psicológica mediante simulacros de fusilamientos. En Informaciones fui «testigo ciego» de la tortura de una madre y un hijo apellidados Ciavarelli, a los cuales recuerdo muy bien, pues él murió en la tortura y ella lloró apoyada en mi hombro. De Informaciones salí con el brazo paralizado, que pude recuperar totalmente un año después y una quemadura en la espalda (producida por un caño de escape en una de las salidas)...»
P. N. S. -S.53 (*)
Detenido el 2 de mayo de 1976, declaró ante esta Delegación de CONADEP:
«...El dicente es conducido unas horas a la Seccional Primera de Policía, y de allí a la jefatura de policía, donde funcionaba la Sección Informaciones. El testimoniante no recuerda los días que allí permaneció. En ese lugar fue sometido a torturas, golpes y tratos inhumanos en forma permanente, durante todo el tiempo que estuvo allí. De ellas se destaca una sesión donde fue rodeado por numerosas personas, que no puede precisar el número por encontrase vendado en los ojos y tras ser sometido por un largo período a todo tipo de golpes, se lo deja abandonado por un largo tiempo, cree que por dos días, por muerto. De esa sesión quedan secuelas que subsisten aún, comprobable en los lugares del cuerpo que se detallan: problema cervical, fractura de tabique nasal, arco superciliar izquierdo, cicatriz mandíbula, fractura de esternón y dos costillas...» En el legajo de la Unidad Penitenciaria Nº 1 Capital, se consigna la procedencia del detenido como Departamento D-2 Informaciones de la Policía y con referencia a las señas particulares: golpes en la cara entre cejas, hematoma en el ojo izquierdo. La orden de remisión a la cárcel lleva la firma del entonces Jefe del Departamento Informaciones Policiales D-2, inspector mayor Raúl P. Telleldín.
C. M. S. -S.49 (*)
En la declaración que efectuó manifiesta:
«...mientras estaba detenido en la Cárcel Penitenciaria de barrio San Martín y coetáneamente, por casualidad, con mi pedido de exilio, el 5 de mayo de 1978 soy llevado de la cárcel a la División Informaciones. Allí soy bárbaramente atormentado con golpes de puño, palos, gomas, patadas, picana eléctrica, asfixia por agua y bolsa de nylon y simulacros de fusilamientos. Engrillado a una pared, de día y de noche, no se me da comida y solo me sueltan una vez al día para ir al baño (...) el 9 de junio de 1978 fui devuelto a la cárcel de barrio San Martín, donde el médico de ella constató que tenía dos costillas fracturadas. Regresé el 1º se octubre con motivo de investigarse el paso de cartas, por medio de presos comunes y familiares de éstos. Allí tuve oportunidad de ver a mi esposa barbaramente torturada y semi-inconsciente (...) Autores de los tormento fueron, en primer término, los comisarios Romano y Esteban de la División Informaciones de la Policía. Bajo sus órdenes actuaron varias personas, alias ´El Carnicero`, ´La Araña`, entre ellas un colaborador de apodo ´Charlie Moore`...»
L. D. L. A. -L.2 (*)
Detenido en la noche del 2 al 3 de febrero de 1977 declara que:
«...Fue detenido por personal perteneciente al entonces Depart
III. Muertes
1) La muerte como resultado de la tortura No siempre fue un resultado perseguido. Al contrario, la presencia y «control» médico, para evitar una muerte prematura, parecía ser la norma en los centros ilegales de detención, como servía para prolongar el sufrimiento de la víctimas. Pero el desborde produjo en algunos casos anticipadamente y, en otros, por simple inercia, la muerte del torturado.
Raúl Mateo Molina -M.41 (*)
Fue presidente del Centro de Estudiantes de Arquitectura de la Universidad Nacional de Córdoba. Su secuestro se produjo el día 5 de octubre de 1976, aproximadamente a las 20.00, en la esquina de 27 de abril y Marcelo T. de Alvear. Con referencia a este caso, un testigo que declaró ante ésta Delegación, R.F.D.S. dice:
«...Que con referencia a los civiles que se desempeñaban, prestaban tareas o colaboraban en la Perla, manifiesta que eran los siguientes: Jorge Romero (a) «Palito», muy delgado, cabellera abundante, cutis blanco, de mas o menos un metro setenta y cinco, fumador y bebedor. Es responsable de la muerte de Raúl Molina, a quién aplica una trompada y lo hace caer, golpeando la cabeza contra algo duro, lo que provoca una fractura de cráneo, todo mientras Romero le estaba confeccionando la «Previa». Que el dicente es llevado para revisar a Molina, el que recuerda estaba tirado en el suelo, cerca de una mesa, pero nada pudo hacer por cuanto ya estaba muerto. Romero, mientras, se soplaba los nudillos de su puño derecho y sonriendo decía «no tení mano barón»...»
G.A.E.C. -C.12 (*)
Confirma este homicidio en los siguientes términos:
«...En una oficina de la Perla, antes de ser torturado Molina, el agente civil Romero le dio una trompada, Molina cayó y pegó la cabeza sobre un escritorio, ocasionándole la muerte en el acto. Que este hecho no lo presenció el deponente sino el detenido P..., que es un estudiante de arquitectura y fue llevado a reconocer el cadáver, manifestando que se trataba del presidente del Centro de Estudiantes...»
Daniel Oscar Sonzini Whitton -S.40 (*)
Secuestrado en la vía pública el 12 de agosto de 1976 a las 18.30 en la intersección de Deán Funes y Neuquén, en esta ciudad, cuando se encontraba en la parada de un colectivo. Era un joven estudiante de física nuclear, en el Instituto de Matemáticas, Astronomía y Física (IMAF) de la Universidad Nacional de Córdoba. El testigo R.F.D.S. recuerda que:
«...Con referencia a José López (a) «Chumbi», se trataba de un individuo de contextura física robusta, de 1.85 metros de altura (...) El mismo López le manifiesta al dicente también, que mediante un golpe en la cabeza, con un palo, había matado a Sonzini...»
José René Moukarzel
El día 15 de julio de 1976 ingresa en la morgue judicial -legajo Nº 730-, actuando como forense el doctor Tavip. En el libro de registro se asienta que había fallecido en la cárcel Penitenciaria por insuficiencia cardio-respiratoria, estando a cargo de las actuaciones el Juzgado Militar Nº73.
«...El 14 de julio pudo ver desde la ventana de la celda como era estaqueado en el patio de la cárcel, el detenido René Moukarzel, a quién se le arroja agua fría y se le propina continuos golpes. Moukarzel también murió (...)En dicha muerte tuvo una participación activa el teniente Alsina...»
Se trata de un testimonio de un detenido, J.M.N. -Nº9- (*); pero ese tormento inaudito que le mencionado militar impuso al doctor Moukarzel, de profesión médico, oriundo de Santiago del Estero y que se encontraba detenido a disposición de la Justicia Federal, resulta aún más estremecedor, cuando nos enteramos que ese castigo se le impuso por haber recibido un pequeño paquete de sal de un preso común. Por eso fue estaqueado, desnudo, en el patio interno del penal, alrededor del mediodía a la vista de más de un centenar de testigos (reclusos, guardias) y cuando fue retirado, cerca de la medianoche, con temperaturas bajo cero, agonizaba y fue trasladado a la enfermería de la cárcel donde falleció inmediatamente. El médico de guardia, doctor Víctor Ricardo Pacheco, se negó terminantemente a suscribir el certificado de defunción, pese a los requerimientos, francamente coercitivos, de los militares implicados, puesto que era preciso practicar una autopsia correspondiente. Ante ello Alsina y sus secuaces decidieron llevarse el cadáver al Hospital Militar, donde dijeron, «le iban a arreglar el problema». Sobre éste crimen no existieron actuaciones judiciales hasta siete años después de sucedido, en que un detenido F. R., efectúa la denuncia por apremios ilegales a que fue sometido en la Cárcel Penitenciaria, que lo dejaron hemipléjico durante más de un año y las muertes que se producen en ese cárcel entre abril y septiembre de 1976. Cuando toma intervención el Juzgado Federal Nº1 de esta ciudad y posteriormente el 14 de julio de 1983, promueve independientemente acción penal el Fiscal Provincial de séptimo turno doctor Eduardo A. Tagle, recién entonces el Juez de Instrucción Militar coronel Timoteo Gordillo solicita dichas actuaciones y pretende arrogarse competencia para entender en el caso. En mérito de los numerosos testimonios coincidentes aportados a la justicia y la Prueba Documental, el señor Juez federal, doctor Miguel A. Rodriguez Villafañe, ordenó la inmediata detención del actual capitán Gustavo Alsina, que no se efectivizó. Posteriormente se presenta ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que, aunque dispone su procesamiento, procede a dejarlo en libertad.
El ex-gendarme Andrés Avelino Yrrazabal, que prestara declaraciones ante esta Delegación y posteriormente las ratificara ante la Justicia federal, refiere que:
«...El mencionado Ludueña solicitaba la presencia de los detenidos en una oficina, ubicada al lado de la sala de guardia. En una oportunidad el cabo de guardia nos ordenó a mí y a otros gendarmes que fuéramos a retirar un cuerpo humano sin vida y trasladarlo hacia otra dependencia (...) en efecto, era el cadáver de una persona, quizás de sexo masculino (...) cubierto por un lienzo...» Esto sucedía en el Campo de La Ribera, alrededor de enero de 1977.
Luis Justino Honores -H.2- (*)
Delegado obrero de la U.O.C.R.A, fue detenido el 3 de noviembre de 1976, en la vía pública y trasladado a la Perla. El testigo E.D.P.-P.32 refiere que:
«Durante la mañana del 3 de noviembre el dicente es sometido a la última sesión de torturas en las oficinas. Hacia mediodía fue conducido a la sala de tortura (...) donde había un hombre desnudo, atado a la cama, a quién estaban sometiendo a la tortura de la picana y al mismo tiempo lo golpeaban con gomas; el individuo llamado Luis manejaba la picana eléctrica y Hernández golpeaba con la goma. En ése momento le levantan la venda al que estaban torturando para que viese al declarante, que era arrastrado por dos personas, diciéndole: «esto es lo que te espera si no colaborás» El testigo supo posteriormente que se trataba del Luis Honores, de 39 años, delegado gremial en las obras en construcción de la usina de Pilar y que lo habían detenido en la inmediaciones del Hospital Privado. Continúa el testigo (...) el 17 de noviembre del mismo año, alrededor de las 14, murió el detenido Luis Justino Honores, después de una larga agonía, de tremendos dolores, siendo asistido por el dicente y por Alvarez. Producida su muerte llamaron a una médica que se desempeñaba como colaboradora, «Dora» quién constató el fallecimiento y dio informe a los responsables del lugar, luego de los cuál llegaron unos gendarmes, tiraron el cuerpo sobre una manta y se lo llevaron. Honores no había podido casi comer, ni orinar, estaba terriblemente hinchado, con quemaduras, tremendos dolores que obligaban a cambiarlo de posición cada momento; tampoco podía desplazarse y era llevado al baño entre varios detenidos...» A.M.M. -M.28- ratifica esta terrible muerte. Dijo: «...Que de su estada en la Perla, más o menos unos quince días, recuerda haber visto, además de las personas que ya mencionó, a Honores, al que llamaban el «El Negro», que estaba entre biombos y le ponían suero y lo torturaban permanentemente y que muere en la Perla, mientras el dicente estaba allí...»
César Roberto Soria -S.37- (*)
Pocos días después del secuestro de Honores, el 11 de noviembre, se produce el secuestro de Soria, estudiante que es detenido junto con su esposa en un bar de la ciudad de Córdoba, en las primeras horas del la noche. Ambos son trasladados a la Perla. La esposa posteriormente liberada, declaró:
«...Lo escuchaba quejarse permanentemente y pedir agua...La citada A.M.M., también fue testigo de este drama, dijo al respecto: Soria estaba todo hinchado, lleno de manchas, no podía orinar, no podía comer pues vomitaba enseguida y se quejaba permanentemente (...) que había sufrido torturas con la picana eléctrica y golpes simultáneos, la que se había aplicado a muchos presos...» También E.P. recuerda que: «...el lunes 22 de noviembre en horas del mediodía somos trasladados A.M-M., Soria y el dicente, en baúles de automóviles, hasta la prisión militar del Campo de la Ribera, donde había varias decenas de detenidos, varones y mujeres. El martes, Soria ya no podía caminar, preso de grandes dolores, con las piernas muy hinchadas al punto que no podía colocarse los zapatos (...) reclama auxilio, ante lo cuál el dicente recurre a una persona detenida de nombre Raúl Acosta, médico (...) quién diagnostica edema renal y recomienda a los responsables del campo el traslado a un hospital. Dos días después, Acosta le dice que Soria había muerto en el Hospital Militar...»
Si dramático fue el desenlace de las torturas de Soria, la documentación obtenida sobre las circunstancias de su deceso resultan más elocuentes por sus contradicciones en si mismas y con los hechos. En el legajo de Cesar Roberto Soria de la Morgue Judicial, consta lo siguiente:
1) Una nota elevada al Jefe de la Policía que dice: «Córdoba 25 de noviembre de 1976 -12194- Objeto: elevar informe médico Nº 12194. Al señor Jefe de la Policía.
a. Elevo al señor Jefe el informe correspondiente al examen practicado con relación al hecho detallado a continuación: Hecho: Homicidio -Víctima: N.N. (Soria) Lugar: Hospital Militar- Fecha: 25-XI-76- 04,30 hs. Seccional: Jefatura de Policía
b. Examinado externamente en la Morgue Judicial, se constatan las siguientes lesiones: mancha equimótica en abdomen, mancha equimótica en 1/3 inferior de hemitorax izquierdo cara anterior. Escoriación en placa cicatrizada en cara dorsal del pene. Escoriación cicatrizada en rodilla izquierda. Equimosis en pierna derecha cara anterior. Esquimosis en borde externo del pie izquierdo. Pérdida de sustancia en talón izquierdo cara posterior. Sexo masculino, de alrededor de 23 años de edad y de 1.85 de talla.
2) Signos y fenómenos cadavéricos: manchas hipostáticas en región dorsal, rigidez cadavérica instalándose, temperatura corporal disminuida.
3) Data de su muerte: entre las 3 y 5 horas.
4) Causa de la muerte: se desconoce.
5) Es cuanto tengo que informar al señor Jefe.
Hay una firma Santiago Alvaro Seery -Médico de Guardia - Of.Ayte» Hay otra firma y sello ilegible.
En el certificado de defunción que se expide, firmado por el doctor Juan Buschiazzo y certificada su copia por el doctor Héctor Alfredo Cámara, en el rubro causa de muerte, se pone: «se desconoce». Sin embargo en un radiograma se expresa que: «Jujuy 33599 -071900-12-76. OPC Cba. Ruíz jefe OPC Jujuy. CPAJ 370. Su nota 1.733 fecha 30-11-76, referente identificación cadáver N.N. abatido por fuerzas del Ejército día 25-11-76, ésa corresponde a César Roberto Soria; hijo Miguel Ángel Soria y Elvira Nelly Bollino, nacido provincia de Salta -capital 12-2-53. Casado -Estudiante- S/C Alcina 245 San Pedro Jujuy 1,85 estatura. Vía postal se remite expte. diligenciado con fichas dactiloscópicas del mismo. jal 080845 Mendoza -3205» Hay sellos.
El día 13 de diciembre se eleva la siguiente nota:
«Córdoba, 13 de diciembre de 1976. Objeto: Remitir certificado de defunción correspondiente al cadáver de César Roberto Soria que fuera abatido el día 25 de noviembre ppdo. y cuya identificación fuera efectuada por la policía de Jujuy. 2. El certificado en cuestión no especifica la causa del deceso en razón de que las heridas que presenta el cuerpo no son de magnitud para ello. Sugiriéndose que para este caso y otros similares se dé participación al encargado de la morgue a fin de que se practique la correspondiente autopsia, teniendo en cuenta que el Registro Civil pone dificultades para la inhumación de los cadáveres en estas condiciones. s. r. c. Hay una firma -inspector mayor Aldo Félix Olmedo Jefe Departamento judicial -D.5» hay sellos.
En otra nota se expresa:
«Ejército Argentino C.E.D.J. Exp. LV.. Al señor director del Cuerpo Médico Forense (morgue judicial). En mi carácter de juez de Instrucción Militar de turno solicito del señor director quiera tener a bien ordenar se designe a un médico forense, realice la autopsia del cadáver del extinto César Roberto Soria (fallecido el 25-XI-76) y expida el nuevo certificado de defunción. Sin otro particular saludo a Ud. muy atte. Daniel Francisco Figueroa -Tcnl. - Juez de Instrucción Militar de turno».
2) Muertos en enfrentamientos Entre los sistemas utilizados en la ejecución de los detenidos, se usó frecuentemente el de fraguar encuentros inexistentes a los efectos de justificar lo que en realidad no era más que una ejecución sin juicio.
Los testimonios y denuncias que damos a conocer son exponentes de ésta metodología.
El día 5 de julio de 1976, según denuncia de la señora Tobares Vda. de Ghisolfi, su esposo es muerto en las siguientes circunstancias:
«...Su esposo, Héctor Hugo Ghisolfi, de 45 años, regresa a su hogar, sito en la calle Francisco Valle Nº 3129 del barrio Los Paraísos, Córdoba; mientras conducía su automóvil y encontrándose a una cuadra y media de su hogar, en la esquina de Góngora y Francisco Valle, es atacado por una Patrulla Militar que estaba recorriendo esa zona de la ciudad, con armas de fuego. En esas circunstancias es herido de muerte. Eran aproximadamente las 20 y 40. la dicente desde su casa oyó los disparos, siendo luego interiorizada por los vecinos de que el automóvil de su marido había sido baleado por personal militar. La dicente se dirige al lugar del hecho, donde pudo constatar que, efectivamente se trataba del automóvil de su esposo (...) Un cuñado de la dicente comienza una investigación, busca información. En la Seccional novena de la Policía se le aconseja que se dirija al tercer Cuerpo de Ejército. Es en esa dependencia donde un oficial le informa que su hermano Héctor Hugo, ha fallecido a consecuencia de heridas de bala recibidas como consecuencia de no haber detenido su vehículo cuando le dieron la orden de detención (...) Allí mismo se le da una orden para que pueda retirar a su hermano de la morgue del Hospital Córdoba. El cadáver presentaba varios impactos de bala en el rostro y la frente». El día 6 de julio de 1976 en el libro de registro de la Morgue Judicial (fs.253) se asienta el ingreso del cadáver de : Héctor Hugo Ghisolfi muerto en la Ciudad Universitaria a las 3 y como consecuencia de un enfrentamiento con el comando de las Fuerzas Armadas, interviniendo el juez Militar Nº 70 y como forense el doctor Héctor Alfredo Cámara. En el mismo folio se registran los nombres de Luis Eduardo Torres, Olga Yolanda Mamani de Torres y Manuel José Campos. El acta de defunción Nº 1118, tomo 2 serie «A» del año 76, declara que el día 6 de julio de 1976 a las 3, en la Ciudad Universitaria, seccional 4ª falleció Héctor Hugo Ghisolfi de 44 años. El comunicado del III Cuerpo de Ejército, hecho público el día 7-7-76 da como abatidos en la Ciudad Universitaria a Luis Eduardo Torres, Olga Yolanda Mamani de Torres y Manuel José Campos, no mencionando en absoluto a Héctor Hugo Ghisolfi, como la cuarta víctima.
Alicia Landaburu y Hugo Osvaldo López -(L.21)-
Del testimonio sobre la desaparición de Héctor Raúl Fernández (Leg. Nº F-4). Hecho ocurrido entre el 27 ó 28 de marzo de 1976 en Alta Córdoba, entre las 24.00 y las 0.30:
«...Siendo las 0.30 aproximadamente, se hicieron presentes en el domicilio entre 10 y 15 personas aparentemente del Ejército; algunas penetraron por los techos y otras por adelante. En la casa se encontraban dos amigos, Hugo López y Alicia Landaburu (se aclara que el señor Héctor Raúl Fernández, de 55 años de edad, es secuestrado con su hijo Raúl Eduardo Fernández, leg. Nº F.5)». Sobre este mismo hecho, un testigo relata: «...Fui detenido en mi automóvil por una patrulla militar que tenía cerrada la cuadra. En esa oportunidad el personal militar actuante que se identificó como pertenecientes al Ejército, vestían uniforme verdeoliva y se movilizaban en vehículos del mismo, entre ellos un camión grande Mercedes, un camión Unimog y una camioneta Ford, todos verdeoliva, me hacen bajar de mi auto y ponerme contra la pared (...) Pude ver luego que llevaban a los empujones y patadas a cuatro personas, de las cuales puedo identificar a Raúl Fernández y a su padre, que conozco a dichas personas por vivir en este barrio. Que la casa donde se produjo el procedimiento está situada en la calle Jerónimo Luis de Cabrera 103 de barrio Alta Córdoba de esta Ciudad. Que a las cuatro personas las cargaron dos en cada camión y de inmediato partieron con rumbo desconocido...»
El día 4-4-76, en el diario «La Nación», un comunicado del III Cuerpo de Ejército de fecha 3-4-76 dice:
«...Asimismo se logró identificar a los delincuentes abatidos en las últimas 48 horas (...) Se trata de los siguientes: Elsa Alicia Landaburu, Hugo Osvaldo López...» Del testimonio de R.F.D. (D.23) se extrae lo siguiente con relación a este caso: «...es llevado a una de las oficinas, en una de las cuales se encontraba Alicia Landaburu, a quién conocía de la Maternidad Provincial y por ser compañera de estudios y Hugo Osvaldo López a quién conocía por las mismas razones y en esa oportunidad el citado Ferrero le manifiesta al dicente que si no colabora va a correr la misma suerte que estos dos que van a ser fusilados...»
En el legajo de la Morgue Judicial que lleva el Nº 317, consta una nota de fecha 4-4-76 remitida la director del hospital San Roque donde se dispone la entrega del cadáver de Hugo Osvaldo López, firmada por el teniente coronel Benjamín Rivas Saravia, Jefe de Policía de la Provincia y el inspector general Antonio José Roselli, jefe a/c Jefatura Unidad Regional Córdoba, otra nota firmada por el hermano del mencionado López donde costa en rubro procedencia: Hospital Militar y en autopsia el día...mes... año doctor dice «Coll, no especificándose la fecha de la misma ni tampoco obra en el legajo el resultado de la autopsia. En el legajo de la Morgue Judicial que lleva el número 320, correspondiente a Elsa Alicia Landaburu, se menciona que fallece por heridas de bala debido a un tiroteo con FF.AA siendo entregado el cadáver por orden del teniente coronel Benjamín Rivas Saravia, jefe de la Policía de la Provincia. No obra en el mencionado legajo el resultado de la autopsia.
Tomás Eduardo Gómez Prat -P.26 (*)
Secuestrado el 24 de marzo de 1976 en la vía pública. En su testimonio la madre dice:
«...Que el día 24 de marzo de 1976, siendo las 23.30 horas golpean fuertemente la puerta del domicilio de la dicente (...) Tiene oportunidad de ver que se trata del Ejército armado, uno de ellos al parecer el que comandaba, recibió de parte del otro el grado de capitán (..) Le dicen en determinado momento que su hijo Tomás Eduardo Gómez Prat por quién había preguntado al comienzo, lo habían detenido cerca del canal, en la tarde con papeles (...) El día siete de abril de 1976, a la noche, un señor alto en un auto blanco, que dice pertenecer a una empresa fúnebre que quedaba en ese momento frente a la Morgue Judicial San Roque, sobre la calle San Jerónimo, le comunica que la persona que estaban buscando, podía ser uno de los muertos que habían ingresado a la morgue ése día. Parten con esa persona, llevando la foto de su hijo (...) Deben esperar en la funeraria (...) Al quedarse sola en determinado momento, ingresa otra persona que tirando la foto le dice que el muerto era su hijo, le agrega también, en un tono tanto burlón: igualita que en la foto, salvo que le han crecido un poco los bigotes...»
El testimonio de E. F. expresa, sobre el mismo caso: «...me detuvieron el 25 de marzo de 1976 alas 17.30 horas, frente al Club Deportivo central Córdoba (...) Que también recuerda que antes de marzo, puede ser el día 28, llega al lugar un prisionero llamado Tomás Gómez Prat (...) Una noche el interrogatorio de Gómez Prat es de tremenda brutalidad (...) Con él se hace una excepción y es torturado durante todo el día siguiente, cuando normalmente paraban con la claridad del día. Sigue durante la noche, donde se queja, pide ropa porque se la han destrozado, el petizo que me llevó al submarino, dice. le contestan que pronto va a sentir el frío de la muerte, pero que no se haga ilusiones, porque no va a ser tan rápido, porque antes se lo van a entregar a Heredia. Oí entre los guardias que a Tomás no le quedaba un hueso sano...»
El acta labrada con fecha 3-5-84 por la CONADEP, en el Cuartel del Escuadrón de Caballería Aerotransportada 4 (La Perla) dice: «...En este estado el señor procede a efectuar un reconocimiento in situ del lugar (...) Por último, en éste recinto se dirige a la última ventana del costado derecho y señala el lugar en que estuvo al lado de Tomás Gómez Prat...»
María Eugenia Irazusta Maffrand -F.15 (*)
Del testimonio de Raúl Ángel Ferreyra, detenido el 22 de abril de 1976, resulta que:
«...A la segunda noche de su cautiverio, ingresó una persona de sexo femenino de nombre Eugenia o maría Eugenia Irazusta, que por el diálogo escuchado había sido detenida en Carlos Paz o en un paraje cercano, a la que se interrogaba acerca de actividades subversivas, que tuviera conocimiento, o a la que estuvieran ligadas sus amistades y su novio. Esta persona que negó permanentemente su conocimiento sobre éstos hechos fue salvajemente golpeada, haciendo caso omiso a sus pedidos de clemencia y a su total ignorancia. Luego de este primer interrogatorio, fue trasladada a una habitación contigua a la del dicente, escuchando gritos de dolor y pedidos de auxilio de parte de la misma persona, no pudiendo apreciar mayores detalles de la que allí acontecía, pero que era evidente que estaba siendo sometida a una cruel tortura, con sonidos musicales que aumentaban o bajaban de volumen en dichas circunstancias. En determinado momento, pudo apreciar que un cuerpo era arrojado al piso y que se trataba de la misma persona, en estado inconsciente y que quienes lo habían arrojado allí comentaban que se habían excedido en el uso de la corriente eléctrica y que por tal motivo, se encontraba en estado grave y que al parecer, por la respiración y tenue gemido era víctima de un fuerte shock casi agonizante..»
En el legajo de la Morgue Judicial que lleva el Nº 418, se registra que el día 1º de mayo de 1976 falleció María Eugenia Irazusta Maffrand, soltera de 28 años, en la Jefatura de Policía, por heridas de bala; el forense federal que actúa es el doctor Aguerre, pero no consta el resultado de la autopsia siendo retirado el cadáver y entregado por orden del señor Juez Federal Nº2.
En el libro de registro de la Morgue judicial, se consigna en la fs. 245 el 1-5-76 el ingreso del cadáver de María E. Irazusta, anotándose como causa de ingreso:
«Enfrentamiento en Jefatura» y en el asiento correspondiente a diagnóstico y destino: «fuga» herida de bala».
3) Muertos por fusilamiento Numerosos testimonios obrantes en este Delegación, muchos de los cuales han sido incorporados a las tramitaciones judiciales originadas en las denuncias elevadas oportunamente a los distintos ámbitos de la Justicia, coinciden en señalar que uno de los métodos sistemáticamente aplicados con los que se determinaba la suerte a correr por numerosos ciudadanos al desamparo de toda protección jurídica, fue el fusilamiento.
Bauducco, Raúl Augusto
Alrededor de cincuenta testigos, reclusos alojados en la Unidad Penitenciaria Nº 1, presenciaron el 5-7-76, la muerte de Raúl Augusto Bauducco. En horas de la mañana del citado día, en oca sión de una requisa general del pabellón donde se encontraba la víctima, todos los internos fueron trasladados a un patio interior y puestos contra la pared con las manos en alto. En ése estado los reclusos fueron golpeados con bastones de goma. El cabo primero, Miguel Ángel Pérez aplicó fuertes golpes a Bauducco, haciéndolo caer. Le ordenó levantarse y al no hacerlo lo amenazó con «pegarle un tiro» (el militar portaba una pistola en su mano izquierda). El mencionado Pérez solicitó al entonces al teniente Enrique Pedro Mones Ruiz, a cargo del procedimiento de la requisa, autorización para proceder. Ante el asentimiento del oficial vuelve al lado del detenido y le reitera: «levantate o te mato», procediendo a accionar el gatillo de la pistola que apuntaba a la frente del detenido. Con fecha 5-7-76, el mismo día del hecho, el director del penal, prefecto Torres, informa al director del Servicio Penitenciario Provincial, en nota que lleva su firma, que «Realizadas las averiguaciones correspondientes se presentó ante el suscripto el teniente Enrique Nones Ruiz, a cargo de la fuerzas del Ejército acantonadas en ésta Unidad, quién manifiesta que el interno subversivo Bauducco, trató de abalanzarse, y a la vez arrebatarle el arma al cabo Miguel Ángel Pérez, quién repelió la agresión haciendo fuego y dando muerte al citado interno. El hecho cuya tramitación judicial fue iniciada en el Juzgado Federal Nº 1, hay a cargo del doctor Miguel Rodriguez Villafañe, se encuentra incorporado a los autos caratulados «Rivera Fermín -su denuncia-» (Expte. N 1-R-83). En el considerando de la resolución de su competencia, el citado magistrado expresa que: «...se realizaron innumerables diligencia procesales de las que por su relevancia probatoria, surge la responsabilidad del entonces cabo primero de Ejército Miguel Ángel Pérez y del entonces teniente primero Pedro Mones Ruiz, y la intervención del Prefecto José Alberto Torres, a cargo de la Dirección de la Cárcel. Luego, después de enumerar las diligencias procesales que, por su relevancia probatoria fueron realizadas agrega que: por decreto de fecha 14 de junio ppdo. (fs. 512 vta.) se ordenó la inmediata detención de Miguel Ángel Pérez, Enrique Pedro Mones Ruiz, José Alberto Torres, oficializándose en la misma fecha al señor Jefe de la Policía Federal y al señor Jefe de la Policía de la Provincia...»
Otra de la variantes del ya mencionado método de fusilamiento con las que se sellaba la suerte de los detenidos, fue el de la llamada «Ley de Fuga». Ciudadanos alojados en establecimiento de seguridad eran sacados de dichas unidades y sin basamento legal que justificara la sustracción de los detenidos. Todos los casos expuestos en el presente informe han sido analizados por la justicia, encontrándose elementos que justifican una investigación a los fines de esclarecer muertes que en un primer momento fueron presentadas a la opinión pública como «tentativa de fuga» pero que en realidad habrían sido simples ejecuciones ilegales. En tal sentido, se expone el siguiente caso:
Toranzo, Arnaldo Higinio-Vaca Narvaja, Miguel Hugo-De Breuil, Gustavo Adolfo-
El ciudadano Gustavo Adolfo De Breuil, en oportunidad de prestar declaración ante el Juzgado federal Nº 1 en la causa «Fermín Rivera -su denuncia-»; en su declaración testimonial dice:
«Que el día 12 de agosto de 1976, poco antes de las once de la mañana, ingresa a la celda del Pabellón 8 de la Cárcel Penitenciaria donde estaba alojado, un empleado de apellido Leguizamón y procede a retirar a su hermano Gustavo Adolfo y al compareciente, los hace salir al pasillo donde los estaban aguardando varios militares (...) Que acto seguido los colocan mirando a la pared esposándolos con las manos en la espalda. Luego retiran de la celda Nº 1 del mismo Pabellón a un interno llamado Toranzo, a quién le hacen lo mismo que a los otros, o sea esposarlo y ponerlo contra la pared (...) retiran al interno HugoVaca Narvaja a quién también esposan con las manos a la espalda (...) Allí proceden identificarlos tomándoles las fichas dactiloscópicas, mientras esto ocurre, parte del personal mayormente femenino, dejan lo que estaban haciendo para mirarlos, llamándoles mucho la atención la cara de horror y de compasión de estas mujeres, por lo que le hacen temer por la suerte que correrían (...) Que una vez en el pasillo el que aparentemente se trataba del que aparentemente se trataba que comandaba el personal militar, ya que los demás lo llamaban «el Capitán», y era a su vez quién daba las ordenes, repitió en varias oportunidades «mal día hoy» (...) Acto seguido los sacan de la Cárcel viendo estacionada en la misma puerta dos camionetas pertenecientes al Ejército y varios soldados y suboficiales (...) Allí les vendan los ojos y a Vaca Narvaja y al compareciente los suben a una de las camionetas y escuchan que a los otros dos, los suben en la otra (...)El viaje desde la cárcel hasta el lugar que menciona habrá durado aproximadamente de veinte minutos a media hora (...) Luego vienen y preguntan quién es Eduardo De Breuil, a lo que el compareciente responde que «él», le sacan las esposas y le atan las manos a la espalda con trapos y le colocan mordazas en la boca. Allí el «capitán» vuelve a repetir «que para nosotros era un mal día» (...) Escucha que a los demás detenidos los cargan en otro vehículo (...) Que al cabo de cinco minutos aminoran la marcha, doblan a la izquierda y atraviesan un badén profundo, que está persuadido que se trata del que estaba en la entrada del camino al Chateau Carreras, ala altura del Tropezón (...) Se internan por un camino de tierra lleno de malezas, porque sentía cómo golpeaba en el piso de la camioneta con pozos y subidas y bajadas muy suaves. Por este camino andan aproximadamente de tres a cuatro minutos y los vehículos detienen completamente su marcha (...) Acto seguido, el capitán ordena a los demás que se bajen, les dice que se fijen si no hay moros en la costa y a continuación les dice; «bájenlos» (...) Preparen las armas (...) Les pregunta si ya están listos, a los que responden que sí (...) Que pasan unos segundos y les dice: Tiren (...) Escucha gran cantidad de detonaciones de armas de fuego, sienten que alguien intenta gritar, saliéndole sonidos guturales, seguramente por la mordaza que tenía en la boca. Sucedido esto el capitán les dice: Que los desaten y que recojan toda las vainas, fijándose bien que no quedara ninguna; mientras el personal a su cargo realizaba esta tarea, el mismo personal se quejaba, diciendo que se trataba de un «trabajo sucio», que era un trabajo de mierda y que esto les pasaba por ser tenientes, a los que el capitán les dijo: «Que se tranquilizaran, que así era la guerra y que se las aguantaran». Luego uno de los supuestos tenientes abre la puerta del vehículo donde se encontraba el compareciente, le desata los pies, lo baja, le dice que le va a quitar la venda y la mordaza, cosa que efectivamente hace y que mirara siempre para abajo y no gritara, porque sino tendría que matarlo. Lo toma de un brazo, advirtiendo el compareciente que el mismo estaba muy nervioso, lo hace caminar tres o cuatro pasos y ve el cuerpo de Vaca Narvaja, tendido en el suelo con un orificio de bala sobre la ceja derecha, éste supuesto teniente le pregunta al compareciente qué le había pasado a Vaca Narvaja, respondiéndole que estaba muerto. Luego lo hace caminar dos o tres pasos hacia la derecha y en la misma posición estaba el cuerpo de Toranzo, viendo que tenía un orificio de bala sobre una de las clavículas, creyendo sobre la derecha. Lo vuelve a hacer caminar dos o tres pasos hacia la derecha y ve el cuerpo de su hermano en la misma posición. En ninguno de los tres casos pudo observar sangre y en el caso de su hermano le pareció ver en la camisa a la altura del corazón un pequeño agujero. (...)Que el próximo era el compareciente, que ése día se había salvado entre los indios, pero que la próxima vez no contaría el cuento. Luego es llevado nuevamente a la camioneta, le coloca la venda en los ojos, le va a colocar la mordaza (...) Cuando llegaron a la cárcel el Capitán le dice a uno de los que lo acompañaban que averiguara si no podrían entrar por la parte trasera, por cuanto no era conveniente hacerlo por delante debido a la gran cantidad de gente que allí había (...) Que días posteriores lo van a buscar al Pabellón cree que un alcaide apellidado Sosa, quién lo conduce directamente a la dirección de la cárcel dejándolo sólo con el director, que en ese momento era Torres. Que esa persona lo hace sentar y le pide si quería relatarle minuciosamente lo que había ocurrido días atrás a lo que accede. Torres manifiesta que el sabía que los sacaban para matarlos pero no pensaba que las cosas se hicieran de esa manera. Que el no tenía nada que ver en ese tipo de hechos y que guardaba un recibo de la entrega de los detenidos y que por ese recibo podría saber más adelante quienes habían matado a su hermano...» Los dichos expresados por Eduardo Alfredo De Breuil son coherentes con una serie de elementos documentales. Todas las víctimas estaba alojadas en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de esta ciudad de Córdoba, en distinta condición y a disposición de la Justicia Federal y/o PEN. El asesinado Miguel Hugo Vaca Narvaja estaba a disposición del PEN por decreto Nº 3502 de fecha 20-11-75; Arnaldo Higino Toranzo se encontraba ese trágico día de agosto de 1976 a disposición del Juzgado Federal Nº 1 y del PEN por decreto Nº 3208 del 29-10-75, todo lo que aquí consta y verificó esta Delegación al tener a su alcance el legajo Nº 2280 de la U.P.Nº1. El hermano del deponente estaba también a disposición del PEN, por decreto Nº 3936, según el legajo de la U.P.Nº1 Nº2127. En el legajo que corresponde a Vaca Narvaja y que lleva el Nº 2375, hay constancia de dos salidas del penal. La segunda de ellas consta a Fs. 12 del mencionado legajo y consiste en una orden emanada y rubricada por el general Juan Bautista Sassiaiñ, fechada el 11 de agosto de 1976 en el Campo de Guarnición Córdoba, que textualmente dice:
«... Al director del Servicio Penitenciario Provincial. Al recibo de la presente el señor director se servirá ordenar la entrega de los siguientes detenidos: Vaca Narvaja Miguel Hugo; De Breuil, Gustavo Adolfo; Toranzo, Arnaldo Higino; De Breuil, Eduardo Alfredo...»
A fs. 13 del legajo, existe una nota firmada por el teniente 1º Osvaldo Quiroga RI Aero 2º, que expresa: « Recibí de la Unidad Penitenciaria capital a los detenidos (...) a los efectos de ser trasladados a la IV Brigada Aero transportada por orden del general de brigada don Juan Bautista Sassiaiñ. El recibo del teniente Quiroga tiene fecha del 12 de agosto de 1976. En el libro de la morgue judicial, en sus fs. 256 y con los números de orden 821,822, y 823 a las 18.30 del día 12 de agosto de 1976 se registra el ingreso, remitidos desde la sanidad policial por orden del juez militar Nº 73 teniente coronel Ángel René Medici; de los cadáveres de los ciudadanos De Breuil, Gustavo Adolfo; Toranzo, Arnaldo Higinio y Vaca Narvaja Miguel Hugo. Como origen del ingreso se registra solamente: «Fuerzas de Seguridad»; como causa de la muerte: «Hemorragia aguda por heridas de bala»; los certificados médicos son extendidos por el doctor José Tavip, Mat. 8331.
El mencionado gendarme Carlos Beltrán (B-8) en su desgarrante testimonio relata un hecho que junto a otros elementos probatorios, permiten inferir sobre el procedimiento empleado con muchos de los cautivos en el centro de la Perla:
«...En su oportunidad el «capitán» me ordeno que lo acompañara junto a otro gendarme al interior de la cuadra. Una vez allí ordenó a cuatro detenidos: un hombre joven de baja estatura, de cutis blanco, creo de apellido Castro; a un joven más bien alto (...) creo que vendía helados en Carlos Paz (en la Perla quedó su bicicleta); otro hombre de unos veintiocho años y una mujer embarazada que vestía un delantal de plástico de los que se usan para lavar ropa y calzaba botas de goma ( la mujer habría tenido unos veintiocho años y estaba en avanzado estado de gravidez), que se pusieran de pie y nos acompañaran. Los detenidos fueron subidos al camión en cuya caja también viajábamos junto al otro gendarme (...) y cuatro suboficiales del Ejército, mientras que en la cabina lo hacían un sargento como chofer, acompañado de un oficial joven, quizás un teniente primero, más bien de baja estatura, algo gordo de unos treinta y seis años, usaba bigotes. Partió el camión seguido de un automóvil marca Torino que conducía habitualmente el «capitán» a quién acompañaba «Gino». Los vehículos tomaron un camino de tierra, trasponiendo el alambrado que rodeaba el edificio de la Perla. Luego de recorrer alrededor de tres kilómetros detienen la marcha sobre un huella rural ubicada entre un terreno sembrado (...) Una vez allí, el «capitán», ordenó que se desatara las manos al más joven de los detenidos y que se le hiciera entrega de una de las palas ordenándole a la víctima que comenzara a cavar una fosa (...) Yo y otro suboficial estábamos junto al mayor de los cuatro detenidos, pude advertir entonces, que mientras rezaba muy despacio, comenzó a llorar. Nadie hablaba, reinaba un profundo silencio cuando «el capitán» hizo subir al borde de la fosa al detenido que estaba cavando y luego colocaron a los tres detenidos restantes junto con él, uno al lado del otro, atrás de la fosa. Luego de una seña del «capitán» y previo habernos dicho textualmente « a estos hay que mandarlos a uno ochenta», a lo que yo le manifesté que no lo iba hacer, «Gino», los cuatro suboficiales, el teniente primero, comenzaron a disparar sobre los detenidos (...) Mientras que los tres hombres quedaron inmóviles luego de los disparos, la mujer que había caído, pudo reincorporarse y caminar unos pasos en dirección opuesta: en esa circunstancia el «capitán» sacó su pistola y le descerrajó un balazo en la cabeza...»
Nómina de detenidos políticos que estaban alojados en la Unidad Penitenciaria N° 1 de la ciudad de Córdoba y que fueron asesinados en el transcurso del año 1976
28-04-1976
Eduardo Daniel Bartoli
17-05-1976
José Alberto Svaguzza Luis Ricardo Verón Eduardo Alberto Hernández Miguel Ángel Mosse Ricardo Alberto Yung Diana Beatriz Fidelman
25-05-1976
Carlos Alberto Sgandurra José Ángel Puchetta
19-06-1976 Claudio Aníbal Zorrilla Miguel Ángel Barrera Mirta Abdón de Maggi Esther María Barberis
30-06-76
Marta del Carmen Rossetti de Arqueola José Cristian Funes
05-07-1976
Raúl Bauducco
14-07-1976
José René Moukarzel
12-08-1976
Higinio Arnaldo Toranzo Miguel Hugo Vaca Narvaja (h) Gustavo Adolfo De Breuil
20-08-76
Ricardo Tramontini Liliana Paez
11-10-1976
Florencio Díaz Pablo Alberto Balustra Jorge Oscar García Oscar Hugo Hubert Miguel Ángel Ceballos Marta Juana González de Baronetto
IV. Inhumaciones Clandestinas
1) Cementerio San Vicente El último acto en el drama de la desaparición forzada de personas fue el enterramiento clandestino de un elevado número de cuerpos en fosas comunes o individuales, y en la violación de toda normatividad vigente sobre inhumaciones.
En primer término, debe tenerse en cuenta que cuando la muerte es ocasionada por la acción violenta de un agente externo, es insoslayable la comunicación a la autoridad judicial pertinente para que disponga de la realización de autopsia, como único medio idóneo para determinar la causa del fallecimiento. De los libros de l Morgue Judicial y de las investigaciones practicadas por el Juzgado Federal Nº1, surge la convicción de que numerosos ciudadanos, cuyos cadáveres ingresaron a la morgue con heridas de bala y otros signos de violencia y presentados como muertos en enfrentamientos con fuerzas militares o de seguridad, solo fueron objeto de un «reconocimiento externo».
Por otra parte, pese a que numerosos testimonios revelan que era práctica obligada y regular la toma de impresiones digitales y, asimismo, que ello resulta confirmado por el entintamiento en las manos en la mayoría de los cadáveres acumulados en la morgue, las fichas dactiloscópicas correspondientes jamás fueron halladas.
Esta doble circunstancia transformó a centenares de ciudadanos con el nombre y apellido en «N.N.» -vale decir en cuerpos innominados- e impidió toda ulterior investigación sobre las causas de la muerte.
Para asegurar ese doble objetivo, es que se practicaron las inhumaciones clandestinas en el cementerio San Vicente. Una ordenanza municipal con más de cien años de vigencia dispone que todo sepelio debe realizarse en horas del día, en cajones o fosa individuales y con el cumplimiento de precisos actos de registración administrativa. Por el contrario, los así llamados «N.N.» fueron sepultados en horas de la noche, en fosa comunes, sin ataúdes ni elementos de indentificación, o en fosas individuales, pero sin la necesaria previsión de registro que pudiese garantizar su futura individualización. Así consta en la causa caratulada: «Abad, Ángel y otros s. Denuncia» (Exp. Nº 11-A-82), tramitada ante el Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad. Obra También allí el reconocimiento de los jueces de instrucción militar que intervinieron en dichos actos, en el sentido de que efectivamente las inhumaciones se efectuaron de la forma descrita, y que a su respecto no se labró ningún tipo de actuación.
De las investigaciones judiciales practicadas con la colaboración de esta Comisión y de la Municipalidad de Córdoba pudo obtenerse, a pesar de las dificultades, la identificación de algunos cuerpos inhumados en esta forma. En particular, pudo determinarse que en la fosa común estaban los cuerpos de siete jóvenes, remitidos en octubre de 1976 a la morgue desde la localidad de Los Surgentes, con indicación de haber perecido en un «enfrentamiento», lo que fue desvirtuado por las investigaciones del caso. En ellas se reveló, entre otros detalles, que sus cadáveres habían estado maniatados, lo que permitió finalmente al juez actuante calificar al hecho de «homicidio» y remitir las actuaciones a su respecto al Juzgado federal de Bell Ville, competente por razón de lugar.
Esta verificación pudo ser ratificada además con la exhumación parcial de los restos y la práctica de dificultosas, labores periciales, que permitieron determinar, en un caso, la identidad de la persona a la que pertenecían -uno de los jóvenes asesinados en Los Surgentes- restos que fueron entregados a sus familiares.
En cuanto a los que permanecen en la condición de «N:N.»; ello se debe a la verdadera imposibilidad de identificación que surge de las condiciones y circunstancias hasta aquí reseñadas: la falta de registros y actuaciones, y sobre todo, la inhumación en fosa común que, como pudo comprobarse en la exhumación parcial realizada, torna aleatorio todo esfuerzo en tal sentido por la existencia de restos diseminados y literalmente mezclados.
Más factible sería el reconocimiento de los cuerpos inhumados en fosas individuales, pero ello estará condicionado a la posibilidad de que familiares o allegados conservaran elementos que -como placas radiográficas, fichas odontológicas, etc.- sean idóneas para intentar una identificación luego de tantos años.
El anexo del presente informe relativo al libro de la morgue es particularmente ilustrativo sobre la envergadura de estas inhumaciones y la dificultad de la tarea investigativa.
Pero si la precedente reseña resulta de una gravedad inocultable, por la envergadura cuantitativa de los enterramientos y su carácter clandestino y violatorio de toda norma legal y humanitaria, mucho más graves son los hechos acreditados en los que ni siquiera se han registrado las inhumaciones en un sitio destinado específicamente a tal fin, como lo es la necrópolis de San Vicente, sino a campo abierto, sin la menor referencia que permitiese su ubicación e identificación. Ello es lo ocurrido en el campo de La Perla, en jurisdicción de III Tercer Cuerpo de Ejército.
2) Campo La Perla También se ha acreditado la inhumación de numerosos restos humanos en el campo denominado La Perla de la Guarnición Militar Córdoba. El testimonio de José Julián Solanílle, que trabajó durante largo tiempo en tareas de producción agropecuaria en dicho campo, revela la existencia de varias tumbas dentro de su perímetro. En su relato afirmó haber presenciado el fusilamiento masivo de personas y haber constatado posteriormente que sus cuerpos fueron enterrados en una gran fosa común, en el mismo sitio. También sostuvo haber visto restos inhumados en un pozo de agua abandonado, así como cadáveres expuestos en sitios en los que, posteriormente verificó señales de haberse practicado pozos, tales como tierra removida y recién apisonada. En una ocasión, dijo así mismo, los animales que tenía a su cargo desenterraron restos humanos dentro del campo, en el sector denominado «Lomas del Torito».
Parte de sus afirmaciones fueron ratificadas por su esposa que convivía en el lugar, que manifestó asimismo haber visto entremezclados con la comida que recibía para los animales, vendas ensangrentadas, prendas de vestir y otros elementos de uso humano. Estos episodios acontecieron en los últimos meses de 1976.
El ex- gendarme Carlos Beltrán también asistió a una inhumación colectiva en La Perla, luego de que tres hombres y una mujer embarazada fueran fusilados por personal militar. Los tres hombres habían sido previamente obligados a cavar una fosa de 3 metros por 1.20 metros y 1.80 metros de profundidad.
«...Los cuatro cuerpos -relata- fueron a arrojados a la fosa rociados con cinco litros de nafta. Luego se fabricó un hisopo con un palo, el cual una vez encendido fue arrojado al interior de la fosa, hecho que provocó una fuerte explosión. Durante unos veinte minutos se mantuvo el fuego (...)yo me acerqué y pude observar, en el interior del pozo a dos de los cuerpos calcinados y como si hubieran reducido su tamaño normal a 70 o 90 centímetros....»
Si el relato precedente es significativo de la intención de ocultar y evitar la identificación de los cadáveres, el testimonio del teniente primero (RE) Ernesto Facundo Urien no permite obligar dudas al respecto. En 1979 -explicó el testigo ante la Comisión y ante la Justicia Federal-, con motivo del inminente arribo a Córdoba de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la organización de Estados Americanos, personal militar con destino en el Liceo Militar General Paz entre el que se contaba un oficial por entonces subordinado de Urien, fue sustraído de sus actividades habituales y enviado reservadamente «en comisión». El testigo relató ante la Comisión su ulterior conocimiento del hecho: «posteriormente dicho oficial le confía al dicente en qué consistía la actividad que tenía que cumplir, manifestándole que era secreta. Dicha actividad consistía en desenterrar cuerpos en una zona perteneciente al campo de Instrucción del Comando del tercer Cuerpo de Ejército, mediante máquinas viales que ellos mimos debían operar. Dichos cuerpos ya desenterrados (que evidenciaban muestras de no haber sido enterrados ni en cajón, ni en bolsa alguna, diseminados por la zona, algunos con sus documentos) eran introducidos en tambores, en algunos colocando cal viva para luego ser trasladados con destino incierto...».
V. Menores
Uno de los capítulos más tristes y oscuros del terrorismo de Estado con su metodología de desaparición forzada, es la referente a la situación de los menores.
Intentar develar la «lógica» utilizada es acercarse a la irracionalidad de las acciones de aquellos que, ostentando el poder, se consideraron dueños absolutos de vidas y bienes; y tras la pretendida defensa de supuestos valores eliminaron el valor supremo: la vida humana, llegando al aberrante extremo de aniquilarla aún en su período de gestación. Aquellos que reemplazaron el tiempo de los juegos, los cuentos y los parques, por la cruenta realidad de los campos de concentración y del dolor de la separación del hogar y de la imposición de otra identidad y que cerraron su escalofriante círculo utilizando a los niños como «botín de guerra», deberán imperiosamente responder ante la justicia.
Para llegar al esclarecimiento de esta situaciones y en especial a la localización de los niños nacidos durante el cautiverio de sus madres o de los secuestrados con sus padres, partimos de datos en oportunidades sumamente imprecisos. Muchas de la informaciones eran anónimas y carecían de elementos que facilitaran la búsqueda, lo cuál con llevó una ardua tarea de investigación que no siempre pudo ser completada. A la imprecisión de la información recibida, debemos agregar las dificultades encontradas durante los diversos procedimientos por la carencia de datos fidedignos. Muchos de los registros de las instituciones oficiales (penales y de menores) han sido totalmente modificados, no completados correctamente; también el hecho que durante el período 1976-1980 se haya contado en algunas instituciones con el sistema de doble registración, impidió la agilización de los trámites.
A esto se debe sumar, aún, que la información en muchos casos ha desaparecido y el personal actuante en ése período se ha retirado o ha sido dada de baja.
A partir de los procedimientos realizados en la Unidad penitenciaria Nº5 «Buen Pastor» (Cárcel de mujeres) y la ex- casa cuna (hoy Hospital Pediátrico del Niño Jesús), de datos suministrados por la Policía Juvenil y del aporte del Consejo del Menor y la Familia, se ha logrado clarificar algunos de los casos. Con esos antecedentes y la subsiguiente tarea de constatación en los legajos de los juzgados de menores, se comenzó a transitar un camino de esclarecimiento, el cual deberá ser continuado por el organismo que suceda en el tiempo a esta Comisión y resuelto totalmente por la justicia.
Acá sólo debemos dejar constancia del modo de operar de la represión en lo referente a los niños.
Existía en Córdoba un «circuito» integrado por los represores, instituciones y/o particulares encargados de la «reubicación» de los niños, a o cual se sumaba el aparato de los jueces y abogados que realizaban los trámites pertinentes sin ahondar en las circunstancias de los supuestos abandonados y sin investigar debidamente la procedencia de los menores, facilitando así la legitimación de un proceder indudablemente ilegal.
Las 47 denuncias presentadas en nuestra Delegación pueden agruparse en dos temáticas: 1- Niños nacidos durante el cautiverio de sus madres; 2- Niños secuestrados. Dentro del primer grupo podemos distinguir dos situaciones distintas en relación a las madres. a) aquellas que siguen en situación de desaparecidas, de las cuales no se tiene información en cuanto a la continuidad del embarazo, el éxito del parto ni el destino de la criaturas o las madres que siguen en situación de desaparecidas, pero cuyos hijitos han sido entregados a familiares directos (abuelos) a poco de nacer. b) madres que han sido liberadas con posterioridad, pero que han sufrido todas las consecuencias de la detención, torturas y malos tratos en el tiempo del embarazo, así como la precaria atención en el momento del alumbramiento. En casi todos los casos se dio la separación temporaria hasta la liberación de ellas.
Dentro del segundo grupo (niños secuestrados) encontramos también dos situaciones: a) aquellos que fueron secuestrados con sus padres, que padecieron la privación ilegítima de su libertad, que fueron espectadores, cuando no receptores de malos tratos y posteriormente liberados, entregándoselos a sus familiares. b) los niños que siguen en calidad de desaparecidos.
Presentamos aquí alguno de los casos:
1) Niños que son secuestrados con motivo de la detención de sus padres A.A.R. -G.17-
En 1976, tenía 4 años; fue secuestrado con su madre María Cristina Galíndez, permaneció dos días en calidad de desaparecido y es el único testigo de la detención de su mamá. El testimonio receptado por ésta Delegación expresa: «...las únicas referencias directas del hecho del secuestro son las que pudo proporcionar el hijo de la desaparecida. La criatura afirma que mientras se dirigía con su madre a la casa de una amiga, de dos automóviles desciende un grupo de hombres armados y comienza a perseguir a su madre. Después que se apoderan de ella, la introducen en uno de los automóviles y a él en otro. Desde ése momento ya no vio más su madre. A los dos días del secuestro la criatura es llevada a casa de sus abuelos maternos. La persona que lleva la criatura al domicilio de los abuelos es un señor vestido de civil, no se identifica y solamente les dice que se hagan cargo de la criatura sin querer dar detalles sobre la situación de la madre. Al día siguiente del secuestro, personal del Ejército se dirigió a la guardería donde la madre lo llevaba habitualmente y allí interrogan a la encargada de la misma preguntando detalles de la misma y actividad de la desaparecida...» Ramona Cristina Galíndez continúa desaparecida.
F.A. -43- (*)-
La niña F.A. hija de Paula Aybal efectuó un estremecedor relato a esta Comisión en ocasión de la audiencia efectuada en los autos «Denuncia presentada por la CONADEP, referida a una menor N.N. sexo femenino de 17 años- Prevención. (Juzgado de Menores 3ª Nom.)
«...En el año 1977 no pudiendo especificar la fecha con mayores datos, su madre Paula Aybal, salió como habitualmente lo hacía, no regresando al hogar. Recuerda que esa misma noche o al día siguiente vinieron unos señores y la llevaron a un lugar que resultó ser el Hospital Militar Córdoba. De allí, luego de permanecer un tiempo no recordando cuánto, una señora que trabaja en dichos Hospital y que es la que actualmente obtuvo la guardia provisoria, comenzó a llevarla a su casa, hasta que finalmente se quedó a vivir con la señora y su familia...» En 1977 tenía 10 años; en 1984 a los 17 años, se legaliza su situación a través de una guarda provisoria otorgada por el Juzgado de Menores. En esa misma audiencia la menor manifestó: «... Su deseo de que no se cambie su apellido, así como también quisiera saber sobre el destino último de su madre...» testimonios coincidentes revelan que Paula Aybal, madre de la niña fue vista en el Campo de La Perla, en el curso del año 1977 sin que se conozca cuál fue su destino final.
V.M. y S.A.J. -J. 1-2- (*)
El denunciante expone:
«...Que por relato de Tomás y Betty Reiter domiciliados en Claypole (provincia de Buenos Aires) conoce que el 13 de mayo de 1977 a las 23.30 se hace presente personal del Ejército uniformado y armado, en la finca de la calle Tatay 346 donde vivía su hermana y su hijo de tres años de edad, que en la misma finca residía la señora Sara Fulvia Ayala y su pequeña hija. En ese momento el personal actuante procede a retirar los menores y hace entrega de ellos al matrimonio Reiter, vecinos de la vivienda ocupada por la Fuerzas militares. Estas personas relatan que se escuchan gritos de los habitantes, finalizando todo alrededor de las 4.30, en que son cargados con vida, en un camión del Ejército las dos mujeres y el esposo de la señora Sara F. Ayala. Con posterioridad el matrimonio Reiter entrega los niños a la jueza Marta Pons del Juzgado de Menores de Banfield, quien al parecer ordena la internación de os mismos en el Hogar Belén de esa ciudad. Luego de siete años por indicación del matrimonio Reiter se conecta con la familia de Sara F. Ayala quién había obtenido la guardia de la niña V.M.; con esa información el testimoniante inicia los trámites ante la jueza citada. En una de las entrevistas, ésta le manifestó que: «...Ella no tenía ninguna obligación de avisar a los familiares del niño S.A.J. que el mismo se encontraba internado en el Hogar Belén de la ciudad de Banfield»
Su hermana Lucinda Delfina Juárez y Sara Fulvia Ayala se encuentran hasta el presente desaparecidas.
A.F.K. -V. 17- (*)
El niño de un año y medio de edad ingresa a la ex Casa Cuna de acuerdo a la constancia obrante en el respectivo legajo que dice:
«...Con fecha 22 de setiembre de 1976 ingresa a ésta Casa Cuna el menor A.F.K. de aproximadamente un año y medio de edad, traído por personal de la seccional 1ª de Policía (...) quienes manifestaron que el menor fue rescatado por la Policía Militar en un allanamiento realizado en la zona céntrica...»
Dicha constancia que reviste el carácter de comunicación al señor Juez de Menores de 1ª Nominación, es seguida de un oficio del citado Juez dirigido al director de la Casa Cuna en el que se ordena entregar al menor A.F.K. a su abuela materna N.T. de V. en razón e habérsele otorgado la guarda del menor. En la foja siguiente del legajo, el administrador de la Casa Cuna, contador José A. Lozada contesta el oficio del Juez en los siguientes términos:
«...Atento a su oficio de fecha 28-09-76 solicitando la entrega del menor A.F.K., cumplimos en informar a usted que el menor de referencia no puede ser entregado a su abuela señora N.T. de V. por estar bajo la custodia de la IV Brigada de Ejército. Sin otro particular a S.S. Muy Atte...» Esta comisión tomó declaración, en relación al caso a la señora N.T. de V quién manifiesta:
«...Nos enteramos por una información que nos dieron que el niño estaba en la Casa Cuna en la calle Castro Barros. Allí nos dirigimos y el director extraoficialmente reconoció por una foto que el niño estaba alojado en ese lugar pero tenía ordenes de no dejarlo ver y nos enteramos que estaban esperando que mi hija fuera a buscarlo para detenerla, que es así que iniciamos numerosas gestiones ante las autoridades militares hasta que por fin logramos, en la Casa Cuna, verlo de lejos en manos de una monja. En el Juzgado de Menores nos dan una autorización para que sea entregado, pero por una contraorden firmada por el coronel Huber, en la Casa Cuna no se logra la entrega del niño. En varias oportunidades tuvimos contacto con el nieto ya que nos permitían estar en el patio. Que pasados 20 días de gestiones ante autoridades militares y de la Casa Cuna llega a mi domicilio una nota de la Policía donde me comunican que pasara a retirar el niño. El día 19 de octubre por orden del comando de Ejército me es entregado mi nieto...»
Los dichos de la señora N.T. de V. son corroborados por las declaraciones receptadas por esta Comisión a las hermanas Monserrat Tribo y Asumción Medrano Matéo en la sede de la ex Casa Cuna y las constancias que obran en el legajo del niño A.F.K. en el mes de septiembre de 1976:
«...Durante ése período y por orden de la autoridad militar, permaneció en el establecimiento un grupo de custodia compuesto por soldados que ocupaban la planta baja y el primer piso, pernoctando debajo de las escaleras, que durante el día registraban la entrada de personas, solicitando documentos personales a cada uno que ingresaba. Que la guardia estaba también en el lugar en donde se encontraba el menor y los demás niños internados y que el niño A.F.K. tenía custodia personal permanente...»
Por su parte el legajo del niño concluye con una nota contenido principal dice:
«...Por la presente autorizo a la señora N.T. de V. (...) a retirar para su tenencia de la Casa Cuna al niño A.F.K. nacido (...) de febrero de 1975 (...) la presente autorización se extiende a los 15 días del mes de octubre de 1976 (...) ...»
La misma está firmada por el general de Brigada Juan Bautista Sasiaiñ en su carácter de comandante de la IV Brigada Aerotransportada. La madre del niño fue secuestrada poco tiempo después sin que se conozca su paradero hasta ese momento.
María de la Mercedes Fleitas de Arguello -F.17-
El testimonio aportado a la CONADEP por la madre de la desaparecida narra:
«... Por medio de un comunicado periodístico emitido por el Comando del III Cuerpo de Ejército con asiento en la ciudad de Córdoba, nos enteramos que C.A. fue muerto por una patrulla de efectivos de la IV Brigada Aerotransportada. Mi hija fue herida y detenida e internada en el Hospital Militar de Córdoba. F.M. (hijo de María de Arguello de 18 meses de edad) nos fue entregado a los abuelos maternos y paternos, por disposición del señor juez militar que entiende en la causa (...) Mi hija María de las Mercedes posteriormente fue derivada a la enfermería de la IV Brigada Aerotransportada (...) El 5 de octubre de 1976 visitamos a nuestra hija (...) Desde ese momento perdimos contacto con nuestra hija y no hemos podido obtener información concreta sobre su paradero (...) El 24 de enero de 1977, nos comunican (...) que mi ya no se encontraba alojada en la IV Brigada Aerotransportada (...) hasta el día de la fecha no hemos recibido comunicación alguna...»
María de la Mercedes sigue desaparecida. F.M., hijo de la desaparecida, fue alojado transitoriamente en la ex Casa Cuna y en la actualidad se encuentra a cargo de sus abuelos, por disposición judicial.
2) Secuestro de mujeres embarazadas y que dieron a luz mientras estaban en cautiverio Nos referiremos en esta parte a aquellas situaciones de mujeres que estando embarazadas dieron a luz o se tienen indicios de que otro parto se produjo y que aún continúan en condición de desaparecidas.
Silvina Mónica Parodi de Orozco -P.45-
la denuncia presentada por su madre, Sonia Herminia Torres, expresa:
«...Que el día 26 de marzo de 1976, siendo aproximadamente las 18, se hicieron presentes en el domicilio que ocupaba mi hija y su esposo Daniel F. Orozco, civiles fuertemente armados (alrededor de nueve) y que se movilizaban en tres automóviles. Luego de ingresar a la casa, proceden a reducir a ambos, escuchándose gritos y aullidos de dolor, indicadores de que habían sido duramente castigados para posteriormente ser sacados hacia los automóviles, cubiertos desde la cabeza hasta los pies con frazadas. Mi hija se encontraba embarazada de seis meses y medio. Fueron testigos de este hecho la cuidadora de la obra que se construía en la parte anterior del lote y sus cuatro hijos, y los vecinos que ocupaban la vivienda ubicada al 1470 de la calle Coronel Olmedo...»
La señora Sonia H. Torres ha aportado a esta Comisión diversos elementos que son producto de la intensa búsqueda de su hija a lo largo de estos años; entre ellos se destaca la declaración efectuada por una persona que estuvo secuestrada en La Perla y que fuera posteriormente liberada., ante un organismo de derechos humanos, pero no ratificada ante esta Delegación. En dicho testimonio C.Z. expresa:
«Monica Parodi embarazada en avanzado estado de gravidez, fue secuestrada por O.P. 3, de civil armados el 27-3-76. Yo la veo únicamente, me dice que a ella no la tocan porque estaba embarazada y que sería llevada al Buen Pastor para tener el bebe....»
Otro elemento aportado por el denunciante y corroborado por esta Comisión es el que surge de la declaración de la hermana de Asunción Medrano de la ex Casa Cuna, quien expone:
«...En relación a la señora Silvina Mónica Parodi recuerda que acompañó a su hermana, a quién conocí pues se desempeñaba como voluntaria de la institución U.P. 5 -Buen Pastor_ para requerir información sobre la detención en ése establecimiento de Silvina Mónica; que allí fueron atendidas por la directora quién procedió a mostrarles la lista de detenidas donde figuraba la señora de Orozco y le manifestó que había dado a luz un varón y posteriormente - dos o tres días antes de su visita- había sido trasladada junto con el niño a un lugar al sur del país que no precisó...»
Esta Comisión inspeccionó los libros de ingreso de la U.P. 5 sin encontrar registro alguno; asimismo requirió los libros de enfermería de la cárcel Buen Pastor recibiendo como respuesta que los correspondientes a los años 1976-1977 no se encontraban por haber sido extraviados. La Comisión no considera agotada la búsqueda y aconseja iniciar el trámite judicial a los efectos de impulsar un profunda investigación en base a los indicios que marcan la posibilidad de que la señora de Orozco diera a luz mientras sufría su cautiverio:
Dalila Matilde Bessio de Delgado
El hermano de la víctima denunció ante esta Delegación los hechos que le constan en relación al secuestro de la señora Bessio de Delgado, ocurrido el 12-4-1977 en la localidad de la Falda, cuando se encontraba embarazada. Su testimonio dice:
«...Según relato de los vecinos, el domicilio de la víctima fue allanado y totalmente desvalijado. Intervinieron grupos de individuos vestidos de civil, fuertemente armados...»
El día 21 de junio de 1977, en la ciudad de Rosario, una pareja joven llegó al domicilio de los padres de Dalila, los cuales se encontraban ausentes por haber viajado a Córdoba, trayendo una criatura, hija de la víctima, que había nacido en cautiverio. Al no encontrar a los padres, la entregan a un familiar, que vivía en una casa próxima, junto con una carta.
Según lo atestigua la publicación del diario La Voz del Interior del 29-1-1984 el hijo de Dalila nació en el Hospital Militar. Dalila Matilde Bessio de Delgado y su esposo siguen desaparecidos. -Rita Ales de Espíndola -A.7- Desaparecida junto a su esposo Gerardo espíndola -E.7- el 29 de diciembre de 1977. El testimonio de la madre de Rita Ales dice:
«...Mis hijos fueron secuestrados por un grupo de personas comandados por un individuo que se desempeña en el III Cuerpo de Ejército con asiento en la Calera; dichos individuos solicitaron a la vecina (...) un asador y durante el mediodía hicieron un asado (...) faltaron de la caja del negocio de mis hijos treinta millones de pesos moneda nacional y otros enseres de la casa (...) los automóviles fueron encontrados en el camino a Córdoba por varios turistas que reconocieron a mis hijos. Mi hija Rita llevaba por entonces su sexto mes de embarazo. Desde entonces peregriné por todas las unidades carcelarias, militares y policiales sin obtener ningún resultado sobre sus paraderos ni razones de tal proceder (...) El día 5 de marzo de 1978 a las 12 de la noche se presentaron en mi domicilio tres personas, dos hombres y una mujer, tras inmovilizarme y cubrirme los ojos, me dejaron en la cama una bebita de cinco días, diciéndome ser de Rita; la criatura venía con ajuar y leche. Según el papel que me dejaron la niña se llama V.M....»
Según otros testimonios, Rita Ales y su esposo Gerardo Espíndola fueron vistos en la Perla. De estos testimonios también se desprende que el alumbramiento tuvo lugar en el Hospital Militar.
3) Mujeres embarazadas que dieron a luz en cautiverio y posteriormente fueron liberadas M.I.G. -G.43-
Secuestrada a mediados de julio de 1977. El presente testimonio es uno de los ejemplos del calvario transitado por las mujeres embarazadas que padecieron todo tipo de torturas y tormentos durante su detención ilegal. Así narra M.I.G. lo sucedido luego de haber sido secuestrada en la vía pública:
«...Luego de un viaje de casi media hora llegamos a un lugar que por comentarios era La Perla. Allí me introducen a una oficina con varias personas adentro y muchos reflectores con luz potente (...) En el primer interrogatorio estaba presente escribiendo a máquina e interrogando Paco Pinchevsky, Luis Manzanelli, Gino, un tal Yanqui, (...)me dicen que soy judía y me insultan. Después me llevan a un galpón (...) allí hay una cama de bronce sin colchón con elástico viejo de resortes lo que llamaban «la parrilla». Allí me desnudan y atan a la cama de pies y manos y comienzan a torturarme con picana eléctrica por todo el cuerpo (...) Quiero señalar expresamente que estaba embarazada de dos meses y medio...»
Continuando con su testimonio M.I.G- relata, que:
«...En cierta oportunidad en que luego de una sesión de interrogatorio y tortura su estado físico requiere asistencia (...) un gendarme dice: hay que traer a la doctora (...) era quién atendía a los detenidos y sabía datos acerca de los allanamientos (...) Quiero señalar expresamente que ante mi situación de embarazada tuve grandes problemas físicos y en toda oportunidad me atendió la doctora Zárate de Privitera (...) me siguieron interrogando y sometiendo en varias oportunidades a todo tipo de torturas, golpes, amenazas de muerte, golpes de goma, golpes en los oídos (...)patadas (...) después de estar casi dos meses en La Perla, me trasladan al Campo de La Ribera. El motivo del traslado era que estaba embarazada. En el Campo estuve en una habitación grande con mucha gente todos amontonados, siempre vendada. En el Campo de La Ribera estuve casi una semana de allí nos trasladan en un camión a la Penitenciaría del barrio San Martín. En la Penitenciaría estoy un año y meses y de allí me liberan. Tuve a mi hijo en la Maternidad Provincial...»
En conclusión, podemos catalogar de irracional, inhumana y tenebrosa la metodología de la represión ilegal; si comenzamos esta tarea de develar este aparato montado y sostenido sobre presupuestos de muerte y si todo esto nos confronta con la urgencia de su desmantelamiento total, para poder edificar la vida de nuestra sociedad sobre la verdadera libertad y una paz perdurable, no podemos aceptar aquí los silenciamientos, los ocultamientos, la negativa a contribuir para que la verdad salga a luz plenamente. Por ello, al pensar en estos niños, pensamos en la vida. Encontrarlos responderá a la búsqueda angustiosa de sus familiares; y sobre todo, devolverles su verdadera identidad es tarea permanente e innegable de aquellos que se precien de verdaderos pacificadores y reconciliadores en medio de un cuerpo social dolorido y resquebrajado.
VI. Saqueos
Saqueo y destrucción Esta Delegación Córdoba de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, ha recibido denuncias referidas a la comisión, en forma simultánea con la desaparición de las personas, de delitos patrimoniales cometidos por los secuestradores.
Entre esas figuras delictívas, se debe mencionar el saqueo, el robo de automotores, la explotación en beneficio propio de los inmuebles pertenecientes a personas secuestradas, la destrucción de viviendas con el objeto de desvalijarlas o de disimular por ese medio su presencia, la apropiación de establecimientos comerciales, etc. De todas esta figuras existen los testimonios presentados por los damnificados a o sus familiares.
S.O.V. -V. 30 (*)-
Secuestrado el día 5 de diciembre de 1977 en una quinta de propiedad de su padre ubicada en Guiñazú, expresa:
«...Cuando recupera su libertad va con su madre a la quinta de Guiñazú en varias oportunidades, viendo que la misma estaba ocupada por personal militar del Liceo general Paz, conscriptos y suboficiales, y que en varias oportunidades entraban y salían Unimogs del Ejército. En dos oportunidades que fueron autorizados para entrar vieron que no quedaba nada en la casa, ni muebles ni sanitarios; faltaban algunos pisos. Asimismo, constatan la falta de herramien tas, un tractor que fue comprado con la propiedad, una rastra disco, un jeep que era propiedad de Mogilner, un arado chico, una pickup 68, Chevrolet color blanco propiedad del padre del dicente. Al requerir por dichos bienes se le explicó que estaban en el Liceo. Además habían quemado los frutales. En conversación con un vecino de la quinta, señor L.O. éste les cuenta que vio cuando vehículos particulares sacaban de la casa muebles, cubiertos, vajillas, que actuaban civiles y había algunos militares uniformados...» Mónica Roxana Chertkoff -CH. 5 (*)-
En la denuncia que formulan los familiares ante esta Delegación expresan:
«...Al retornar al domicilio (...) observan que el mismo había sido allanado por fuerzas del Ejército, destruida la puerta, requisado totalmente y muchos de los elementos de su propiedad destruidos o robados...»
Juan Carlos Bazán -B. 30 (*)-
Coincidente es el testimonio de la madre de este desaparecido cuando expresa:
«...Al regresar al hogar de 25 de Mayo Nº 1969, Dpto. 1, de barrio General Paz, comprueba que le falta un el televisor, un aparato de aire acondicionado, herramientas varias pertenecientes al Banco, anillo de oro, reloj pulsera. Asimismo, el automóvil de su hijo Juan Carlos Bazán, Peugeot Mod. T4B,, año 1970, motor Nº102614, Patente B-43453,, no apreció nunca más...»
-Lucía Pino -P.23-
El testimonio prestado ante esta Delegación y relacionado con su desaparición, expresa:
«...Luego del hecho, el testimoniante con otros vecinos ingresan al negocio que había quedado abierto y comprueban que éste había sido totalmente saqueado...»
D.A.G.C. -G. 39-
En su testimonio expresa:
«...la vivienda fue totalmente saqueada, destruyéndose muebles y mampostería en busca, según decían, de armamentos, incluso fue destruida la Capilla...»
En el inmueble habitaba el Superior Santiago Weeks y otros seminaristas de la Orden de La Salette.
Raúl González Iturbe -G.3-
desaparecido el 10 de febrero de 1977, aproximadamente a las 24 horas o a las primeras horas del día siguiente. Una comisión identificada como policial, vistiendo de civil y exhibiendo armas de grueso calibre, conduciéndose en un Ford Falcon, y contando con el apoyo de dos vehículos policiales, al parecer de Informaciones y Seguridad, procede a detener a Raúl González Iturbe. En la declaración prestada a esta Comisión se expresa:
«...Cuando el referido empleado M.A.O. regresaba de comprar una botella de gaseosa, se ve impedido de avanzar e ingresar al taller, por el operativo que se estaba llevando a cabo en el mismo, o sea en el domicilio de Castro Barros Nº 946 (...) si bien no puede avanzar por impedimento de los uniformados, alcanza a ver lo siguiente: en uno de los patrulleros estaba una persona de sexo femenino - no sabe si estaba detenida o señalando el taller- esta persona supo ser habitué del taller y contaba con la amistad de Raúl, se llama Inés Ferreyra...»
El taller mecánico había sido frecuentado por personas vinculadas con la Policía de la Provincia. Incluso se expresa en la denuncia que:
«...El señor J.K. comerciante vecino del taller, aseguró que eran habitués del taller el brigadier Raúl Oscar Lacabanne y el Comisario Navarro...»
Se añade en la denuncia que:
«...El señor M.A.O., vio que Raúl era retirado en el Falcon no pudiendo notar expresión alguna por la distancia que debió obligatoriamente guardar...»
Continúa la denuncia expresando:
«...Al día siguiente estas personas se apersonaron en el domicilio del empleado M.A.O.; se conducían en otro automóvil, lo llevaban a Raúl González Iturbe en el asiento de atrás, entre dos personas; el objeto de la visita fue amenazarlo de muerte si contaba lo que estaba sucediendo; la esposa de M.A.O. alcanzó a ver por la ventana a Raúl González Iturbe, quién se encontraba aparentemente desvanecido en el asiento posterior...» Agrega luego: «...La sorpresa mayor se la llevó M.A.O. el día que se presentó a trabajar y comprobó que estas personas habían procedido a retirar infinidad de elementos de valor y herramientas pertenecientes a Raúl González Iturbe, como asimismo se constituyeron en virtuales dueños del taller, ingresando autos de distintos modelos particulares y autos oficiales de la policía, como también vendían repuestos de propiedad de Raúl...» En relación al grupo que operaba el taller, se expresa: «...El jefe del mismo, llamado Víctor Martínez, manifestó a R.G.I. (hermano de la víctima) que el taller era apropiado, provisoriamente, en utilidad de la lucha contra la subversión y que había que colaborar. Con respecto a Raúl, dijo que lo habían detenido por orden superior» Agrega que «...después de transcurrido un tiempo desde el secuestro de Raúl González Iturbe, los ocupantes del taller procedieron a trasladarse con todos los elementos pertenecientes a Raúl a otro lugar, que según versiones, sería un taller ubicado en Alta Córdoba, propiedad de un tal «Gato Flores», integrante también del grupo...».
VII. Anexos
1) Morgue Judicial A través del prolijo análisis de distintos elementos y antecedentes obrantes en la Delegación Córdoba de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, se ha podido comprobar que cientos de ciudadanos declarados «muertos en enfrentamientos por las fuerzas de seguridad» cuyos cadáveres ingresaron a la Morgue Judicial entre los años 1975 y 1978, perdieron la vida en circunstancias que pueden enmarcarse dentro de distintos supuestos, tales como: fusilamiento, muerte a consecuencia de torturas, aplicación de la «ley de fuga», falsos enfrentamientos, etc. La gran mayoría de los casos precedidos por innumerables irregularidades. Han quedado como constancias indubitables las actuaciones realizadas en esfera de la Justicia Federal y de los Juzgados de Instrucción; la respuesta de los organismos de seguridad a los recursos de habeas corpus interpuestos en favor de las víctimas; los informes médicos forenses; los certificados de defunción tramitados ante El Registro Civil; los diagnósticos de facultativos particulares y las registraciones del Libro Indice de la Morgue Judicial, entre otros.
Muchos de los antecedentes de los cadáveres ingresados a la Morgue Judicial no han sido localizados para su consulta. Quienes tenían bajo su dirección la mencionada dependencia, no tomaron medidas necesarias para el cuidadoso archivo de dichos elementos, incurriendo en una manifiesta irregularidad que trasciende el mero plano administrativo. No obstante ello, esta Delegación ha podido comprobar, ciertamente, la verdadera suerte corrida por muchos de los trescientos catorce individuos a quienes se incluyeron en partes oficiales como presunto «muertos en enfrentamientos» o «intentos de fuga». Del Libro Índice de la Morgue Judicial se extractaron comprobaciones sumamente concluyentes.
2) Desaparición forzada de personas en el período anterior al 24 de marzo de 1976 Como ya se ha dicho esta Delegación ha recibido, cincuenta y dos denuncias sobre la desaparición de personas, hechos ocurridos con anterioridad al pronunciamiento militar del 24 de marzo de 1976.
Un análisis de las fechas en que se produjeron las referidas desapariciones, lleva a las siguiente conclusiones:
a) se inician un año antes de la fecha mencionada con la detención de María de las mercedes Gómez, el 21 de marzo de 1975. Puede considerarse este hecho como un acontecimiento casi aislado puesto que el mismo día es detenida Graciela del valle Maorenzic, y hasta septiembre de ese año no vuelven a consumarse nuevas desapariciones.
b) Que si bien entre el 5 de setiembre y el 12 de noviembre de 1975 se registran ocho nuevos casos, la inmensa mayoría -cuarenta y dos casos sobre cincuenta y dos denunciados- se concreta entre diciembre de 1975 y el 9 de marzo de 1976. El mes de diciembre de 1975 tiene una especial significación por cuanto es coincidente con las probanzas judiciales obrantes en los autos caratulados «Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas formula denuncia s/ muerte de Amelia Nélida Insaurralde de» (Exped. 277/84, Juzgado Federal Nº 2), en las que se acredita en forma fehaciente que en esa fecha se transformó la prisión militar Campo de La Ribera en centro clandestino de detención de civiles. En efecto, en los autos mencionados (fs.69/70) consta la declaración testimonial prestada por el teniente coronel Juan Carlos Lona de fecha 27/6/84. En la misma el testigo expresa:
«...Que se desempeñó como jefe de la prisión Militar de Encausados Córdoba, a partir de mediados de diciembre de 1971, hasta los primeros días de diciembre de 1977 con asiento actualmente en el Campo de La Ribera, en proximidades del cementerio San Vicente (...) Que con el personal a órdenes del dicente permaneció en ese lugar desde la fecha en que se hizo cargo de esa jefatura hasta los primeros días del mes de diciembre de 1975, en que se traslada con todos sus efectivos, entre los que se incluían el personal de internos con estado militar...»; el destino del traslado eran los cuarteles del III Cuerpo de Ejército ubicado en la zona de cuarteles de la Guarnición de la Calera. En relación al destino de la sede de la Cárcel Militar Campo de La Ribera, el declarante expresa: «...además la responsabilidad directa del Penal en donde pudieran estar alojadas personas extrañas a su estado militar, era de responsabilidad de las autoridades del Comando del III Cuerpo de Ejército y del Comando de la IV Brigada de Infantería Aerotransportada...»
Los dichos del jefe formal de La Ribera son coincidentes con los expuestos por el general Juan Bautista Sassiaiñ, que consta en fs. 88 (Acta de declaración indagatoria) de los autos arriba indicados. El Acta de fs. 88 dice: «Preguntando si La Ribera era un lugar de detención de civiles, respondió: Que sí. Preguntando quién era el responsable militar, respondió: Que el personal militar tenía ese elemento de seguridad, es decir la Gendarmería, que no había responsable. Allí trabajaban para la detención Guardia de Seguridad, Personal de Gendarmería que se revelaba cada quince o veinte días».
El señor Juez federal, al dictar la Resolución Nº 169-84 en los autos de referencia, es concluyente en relación a la función que cumpliera el Campo de La Ribera desde la fecha que indicara el teniente coronel Lona. Así, en el considerando B-4, al valorar los dichos por el testigo, expresa: «En consecuencia atento al cargo que detentaba el declarante (lo cual permite tener sus dichos como una fundada y autorizada versión) resulta claramente que el responsable inmediato de la Prisión Militar era el procesado Sasiaiñ y en el orden Jerárquico superior el comandante de Cuerpo, general Luciano Benjamín Menéndez».
Por su parte, el considerando IV-5 de la misma resolución dice:
«Que de lo determinado más arriba puede observarse claramente que el lugar de detención Campo de La Ribera no era una Prisión Militar, sino un establecimiento de detención de civiles que conservó, sin embargo, esta denominación, que no es discutible en cuanto a tal, pero sí en orden a su finalidad en tal sentido, conforme al organigrama confeccionado por Sasiaiñ a fs. 93: la responsabilidad funcional máxima correspondía al titular del Area 311»
Desapariciones producidas con anterioridad al 24 de marzo de 1976, denunciadas a esta delegación
GÓMEZ María de las Mercedes 21-03-75 MAORENZIC, Graciela del Valle 21-03-75 ABREGU, Marcelo Eduardo 06-08-75 REYNA, Francisco Irinéo 05-09-75 MORAN, Miguel Ángel 16-10-75 CHABROL, Oscar Domingo 18-10-75 CHABROL, Juan José 18-10-75 FERRERO, José Miguel 18-10-75 MORINI, Miguel Ángel 22-10-75 MARQUEZ, Luis Ernesto 28-10-75 OCHOA, Hugo Estanislao 12-10-75 GÓMEZ GRANJA, Lila Rosa 06-12-75 SAIBENE, Ricardo 06-12-75 AGUERO, Tomás Rodolfo 08-12-75 LEDESMA DE COMBA, Marta Susana 10-12-75 COMBA, Sergio Héctor 10-12-75 DE CICCO DE MOUKARZEL, Alicia Esther 12-12-75 RODRIGUEZ, Jorge Oscar 15-10-75 ALONSO, Martín Orlando 16-12-75 RIVERO, Vicente Manuel 16-12-75 MARZO, José Luís 16-12-75 LASO, Juan José 23-12-75 COLAUTTI LOPEZ, Hugo Francisco 24-12-75 MESAGLI, Osvaldo Raúl 30-12-75 ALMADA, Elio Alberto 30-12-75 SCOCCO, Eduardo Luis 30-12-75 RAVASI, Osvaldo Raúl 06-01-76 WAQUIN, Gloria Isabel 07-01-76 WAQUIN, Norma Elinor 07-01-76 MOTTA, Rubén Hugo 07-01-76 ALONSO, Severino 08.01-76 ANNONE, Humberto 08-01-76 FERRARI DE SUAREZ, Dina Silva 08-01-76 LOPEZ, Luis Alberto 08-01-76 BAUDRACCO, Angel Santiago 08-01-76 MARTINEZ DE MARTINI, Marta Irene 08-01-76 OBERLIN, Héctor Guillermo 08-01-76 SUAREZ, Osvaldo Ramón 08-01-76 TESTA, Ana María 08-01-76 SOSA, María del Carmen 09-01-76 ROTH, Carlos Guillermo 09-01-76 SUAREZ DE MARTINEZ, Silvia Graciela 10-01-76 CAFANI, Humberto Miguel 26-02-76 DUCLOS, Eduardo Agustín 26-02-76 SCIUTTO DE DUCLOS, Alicia Noemí 26-02-76 RICCIARDI DE CAFANI, Mirta Susana 26-02-76 CUELLO, Daniel del Valle 09-03-76 FLORES, Pedro Ventura 09-03-76 VACA NARVAJA, Miguel Hugo 10-03-76 PATAT, Víctor Hugo 20-03-76
3) Presentaciones a la Justicia Federal y Provincial tramitadas por la delegación Córdoba de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas Autos caratulados «Comisión Nacional de Personas -Formula denuncia» (Expte. 13-C-1984) originada en la denuncia elevada por la CONADEP por la desaparición de María Luisa Salto. En dichos autos existe resolución de la Cámara Federal confirmando la declaración de incompetencia en primera instancia por lo que actualmente se encuentra en el Consejo Supremo de la Fuerzas Armadas.
Autos caratulados «Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas -formula denuncia-» sobre muerte de Nélida Amelia Insaurralde (Expte. 277/84). Por resolución de fecha 5 de julio de 1984 el juez federal doctor Gustavo Becerra Ferrer resuelve declarar la incompetencia del tribunal, mantener la detención del imputado, general Juan Bautista Sassiaiñ y remitir los autos al Consejo supremo de las Fuerzas Armadas.
Autos caratulados «Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas s/ Denuncia» (Expte. 19-C-84) originado en la elevación de denuncia referido a los delitos cometidos en el centro de detención La Perla. Dichos autos fueron acumulados a los caratulados «Querella c/ Gral. Luciano Benjamín Menéndez» (Expte. 1-Q-84) en los que el señor juez federal señor Gustavo Becerra Ferrer en suplencia en el Juzgado federal Nº 1, resolvió la incompetencia del tribunal. Habiendo sido apelada la resolución, la misma se encuentra radicada en la Cámara Federal de Apelaciones. Autos caratulados «Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas - Delegación Córdoba, formula denuncia por «secuestro robo, daño y apremios ilegales» (Expte. 315-84) originado en la elevación de denuncias referido al centro de detención «La Ribera». El Juez federal doctor Gustavo Becerra Ferrer titular del Juzgado Federal Nº 2, no hizo lugar a los planteos de incompetencia formulados por el procurador Fiscal y el Juez Militar, encontrándose la causa en estado de instrucción.
Autos caratulados «Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas -su Denuncia» (Expte. 20-C-84) originado en la elevación de denuncia referido al centro de detención «Casa de Hidráulica». En dichos autos el Juez Federal Miguel Rodriguez Villafañe, titular del Juzgado Federal Nº 1, declaró la competencia del tribunal y la causa se encuentra en estado de instrucción, habiéndose cumplido un conjunto de diligencias que desarrollan la investigación en forma significativa. Entre ellas se destacan los relevamientos subacuáticos del dique San Roque que permiten corroborar varios de los hechos denunciados. Los testimonios obrantes de esta Delegación y que fueran oportunamente acompañados a la elevación de la denuncia referida, coinciden en señalar que el mencionado centro de detención, a la época de la comisión de los ilícitos investigados, estuvo bajo control de personal perteneciente a la División Informaciones de la Policía Provincial.
Autos caratulados «Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas -Delegación Córdoba - Formula denuncias por apremios ilegales, homicidio y otros delitos» (Expte. 327/84) originado en la presentación del testimonio del señor Fermín de los Santos, referidos a los hechos cometidos por civiles y militares en el centro de detención «La Perla». Radicada en el Juzgado Federal Nº 2, luego de realizar una importante actividad de instrucción se resuelve: declarar la incompetencia parcial del tribunal. Mantener la detención del mayor Ernesto G. Barreiro, capitán Héctor P. Vergez y suboficial principal Luis A. Manzanelli, quienes son puestos a disposición del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. Mantener la orden de captura contra el capitán (R) Jorge E. Acosta. Ordenar el procesamiento y prisión preventiva de José Arnoldo López y Dora Emma Zárate y ordenar la captura de José Romero, Emilio Merlo, Ricardo Lardone y Ricardo Luján. El testimonio acompañado a la elevación de la denuncia referida señala entre otras apreciaciones:
«Que respecto al personal militar y/o civil existente en La Perla, expresa: que el coronel Bollacini alias «Gerente o Nono», se trata de una persona de aproximadamente sesenta años de edad, prácticamente calvo, con el poco cabello que le quedaba peinado a la gomina, de cara rugosa, tez clara, con aspecto de bebedor, quién era supervisor del Campo. Teniente coronel Hermes Rodriguez, alias «Salame», de acuerdo al apodo con el que se referían los otros miembros del personal actuante, quién de acuerdo a sus propios dichos habría tenido a su cargo un operativo en la ciudad de Cosquín en el que se secuestró a una persona de edad avanzada, trasladándola a La Perla y que presuntamente sería el señor Jacobo Lerner (...) El mencionado Hermes Rodríguez era una persona de más cincuenta años, de alrededor de un metro noventa de estatura, pelo canoso, peinado a la gomina, con raya, cutis blanco, ojos celestes claros, bigotes, de vestimentas muy inusuales para su edad, vale decir propia de gente muy joven, de aspecto impecable (...) Que con referencia al teniente primero Juan Carlos González (a) «Monseñor» o «Juan XXIII», de más o menos un metro setenta y cinco de alto, calvicie incipiente, delgado, con nariz grande y aguileña, que era segundo responsable del Grupo Operativo, después de Acosta, interviniendo en los operativos anteriormente señalados de Araujo, Lesgart, Meschiatti, y González Jensen (...) Que con referencia al capitán Gustavo Diedrich o Dietrich (a) «León», de más de un metro setenta y cinco de estatura, cabello bien negro, peinado con raya, con mejillas rosadas, tés morena, y una cicatriz en la mejilla derecha, con aspecto de ebrio, era responsable ideológico de todo el Destacamento y era el jefe efectivo del Destacamento 141, que mantenía las conexiones específicamente con el Comando del III Cuerpo de Ejército (...) Que con respecto a personal militar de jerarquía de suboficiales, recuerda a «Magaldi» (a) «Cura», de más o menos un metro setenta, de más de cuarenta años de edad, pelado, morocho, cara triangular, sin bigotes, ojos chiquitos y huidizos, boca amplia de labios finos de voz muy suave y que la utilizaba para hacerse pasar por sacerdote ante los detenidos (...) Que preguntado el testimoniante si existía alguna relación y/o vinculación con el Hospital Militar, expresa que la relación la mantenía el teniente primero Acosta con el doctor Abramor, que era médico del Hospital Militar y el que había efectuado diferentes servicios a secuestrados en la Perla, que habrían ingresado clandestinamente al Hospital Militar (...) Preguntado sobre qué conocimiento tiene del destino de los niños nacidos en cautiverio expresa que de los niños Rossi y María José Luján se hizo cargo el Comandante de Gendarmería Quijano»
Autos caratulados «denuncia formulada por Yrrazábal, Andrés Avelino y Beltrán, Carlos (Expte. 7-D-84)» originado en la elevación de los testimonios receptados por la Delegación Córdoba de los ex gendarmes mencionados en la carátula. El señor Juez Federal, doctor Miguel Rodriguez Villafañe, resolvió declarar la incompetencia del tribunal y remitir la causa al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.
Autos «Denuncia formulada por la Delegación Córdoba de la Comisión Nacional Sobre Desaparición de Personas» ante el Juzgado Federal Nº 3, referido al secuestro y posterior desaparición del doctor Miguel Hugo Vaca Narvaja.
«Denuncia formulada por Rubén Arroyo de la CONADEP» que se tramita ante el Juzgado de Instrucción de 5ta. Nominación de la Provincia de Córdoba, referida al secuestro y posterior desaparición del señor Raúl González Iturbe. En dicha causa se investigan graves delitos en los que estarían involucrados, como presuntos autores de privación ilegítima de la libertad, los expolicías Dardo Navarrete, Juan Antonio Moyano, Alberto Lucero, Guillermo Abelardo Flores, entre otros.
Elevación de elementos probatorios en los autos «Pereyra Pepe y otros p.s.a. privación ilegítima de la libertad calificada, etc.» que se tramita por ante el juzgado de 6ta. Nominación de la Provincia de Córdoba, Personal del Departamento de Informaciones de la Policía Provincial, estaría involucrado en la comisión de gravísimos delitos. Elevación de elementos probatorios en los autos «Ponce María y otros p.s.a. privación ilegítima de la propiedad calificada» que se tramitan por ante el Juzgado de Instrucción de 4ta. Nominación de la Provincia de Córdoba. Miembros de la Comisaría de Rio Ceballos y de la Subcomisaría de Salsipuedes, estarían involucrados en la comisión de distintos delitos.
4) Análisis estadístico de las denuncias recibidas en la delegación Córdoba El análisis estadístico de las denuncias recibidas está referido principalmente a los ciudadanos detenidos que revisten la condición de desaparecidos.
Los criterios de agrupamiento para dicho análisis han sido los siguientes:
a) Análisis porcentual de acuerdo al sexo de las víctimas:
Mujeres 142 30,20% Varones 326 69,80%
b) Análisis porcentual de acuerdo a la edad de las víctimas en el momento de su detención:
Menores de 15 años: 7 1,10% de 15 a 20 años: 53 11,27% de 20 a 30 años: 249 53,76% de 30 a 40 años: 81 17,23% Mayores de 40 años: 25 5,37% Edades desconocidas. 53 11,27%
c) Análisis porcentual de acuerdo a la profesión u ocupación de la víctimas:
d) Análisis porcentual de acuerdo al lugar en que se produjo la detención de la víctima:
Sacado de su domicilio: 48,20% De la vía pública: 31,37% Fuera de Córdoba: 6,90% Conscriptos (de sus lugares de servicio) 1,92% Otros lugares: 10,99%
También se han recabado los siguientes datos en relación a detenciones o secuestros de personas que permanecieron en los centros clandestinos y que recuperaron su libertad:
Testimonio sobre su detención: 58 Sobre detenciones de terceros: 22 Sobre personas que fueron vistas en c.c.d. de acuerdo a las constancias de denuncias presentadas. 133.
Reflexiones Finales
Una sensación de dolor e impotencia es la primera proyección de este relato, menguada síntesis de una realidad que fue muerte cotidiana en el país y, si cabe, con especial crueldad en Córdoba durante ocho interminables años.
Dolor compartido con las víctimas directas e indirectas, con familiares y amigos, con los ciudadanos que sintieron en carne propia cada vejación, que experimentaron en su propia dignidad cada ataque a la dignidad del ser humano.
Impotencia por lo irreversible de tanto dolor.
El dolor es irreparable; se prolongará en el tiempo; y ojalá se perpetúe en conciencia perdurable, para que no se repitan las aberraciones que lo generaron.
La impotencia, en cambio, debe ser solo el sentimiento por lo que pudimos evitar, pero jamás resignación entre los hechos consumados. En adelante, debe sustituirlo la Fuerza de la Democracia para esclarecer lo ocurrido, para asignar responsabilidades, para que se haga justicia. La Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas, y en su ámbito ésta Delegación, tuvo una misión inicial que cumplir con este objetivo. A los órganos de la Constitución corresponderá, en el futuro, su desarrollo, profundización y culminación.
Será útil, entonces, para ayudar a una mayor comprensión y a una toma de conciencia respecto de la labor que queda por delante, señalar las dificultades que presentó la tarea y las que aún podrán alzarse en el camino. Es necesario precisar, ante todo, que tales dificultades no surgen como imperio mecánico o espontáneo, sino que son el producto deliberado y el complemento necesario del sistemático plan de exterminio impuesto por los responsables de esta cadena de crímenes. Son la etapa final del delito; las piedras puestas en el camino de la verdad; la actividad consciente destinada a ocultar pruebas, nombres, responsabilidades; el designio de privar al pueblo de su derecho a saber para poder juzgar.
La secuencia descripta e ilustrada en estas páginas, iniciadas con las detenciones-secuestros, prolongadas en el confinamiento clandestino y las torturas y coronada con el asesinato e inhumación oculta para imposibilitar el reconocimiento de la víctimas, constituye, en la mayoría de los casos, el trágico destino de los ciudadanos desaparecidos. Esta inocultable realidad explica el esmero con que los ideólogos de tal política trataron de desalentar, primero, y de impedir después, toda investigación eficaz sobre lo ocurrido.
No era otra la intención del general Luciano Benjamín Menéndez cuando sostuvo que «los desaparecidos desaparecieron y nadie sabe donde están», razón por la cuál «lo mejor será entonces olvidar ahora» (Revista Gente del 25-2-82).
Por la misma razón, oscuros abogados y escribas complacientes pretendieron implementar en leyes y documentos las herramientas de la impunidad.
El primero de los intentos reconoce pocos precedentes: la «Ley» 22.068, que permitió declarar la «ausencia con presunción de fallecimiento» de los desaparecidos, a petición de sus familiares o aun de oficio, a iniciativa de los fiscales públicos, constituyó un intento de transferir a los deudos de las víctimas y a los representantes del Estado la responsabilidad de legalizar o «blanquear» los miles de crímenes innominados ocultos tras la desaparición de personas.
Fracasada tal maniobra, cuyo único fruto fue evidenciar la responsabilidad política y penal de sus autores físicos e intelectuales, en marzo de 1983 se asiste a una segunda tentativa de impedir toda investigación: el llamado «Documento final de las Fuerzas Armadas en la lucha contra la subversión» que decretaba oficialmente la muerte de los desaparecidos, con la vana intención de tender un manto de olvido que, ante la comunidad nacional e internacional, constituyó una vergonzante confesión.
Por último, en un acto incalificable del que la historia no registra antecedentes, se dicto la Ley Nº 22.924 de autoamnistía. Su articulado pretendía - ni mas ni menos- asegurar la impunidad en los delitos, prohibir la investigación sobre el destino de los desaparecidos, privar a los damnificados de su legítima reparación y, en suma, vedar todo intento de averiguar la verdad, a punto tal que hubiera bastado la más forzada invocación de un móvil «antisubversivo» para sacralizar delitos y cohonestar a sus responsables.
Tal engendro tuvo una doble respuesta. Por una parte superó los límites del miedo, y miles de ciudadanos ganaron la calle para repudiarlo en distintos puntos del país. Por la otra, hasta los jueces que con más pasividad habían acatado los mayores desbordes de la dictadura, se vieron obligados a descalificarlo, declarando su inconstitucionalidad o, al menos, su inaplicabilidad.
Así agotadas todas las alternativas juridico-políticas de autoprotección, el régimen acudió entonces a la técnica de los hechos consumados. En sus postrimerías, ordenó la destrucción de toda documentación referida al accionar represivo de la dictadura.
El decreto firmado por el ex-Presidente Bignone que lleva el Nº 2.301 de octubre de 1983, y que, al igual que un sin número de normas semejantes, revestía el carácter de secreto, se fundaba en la «Ley» de autoamnistía para disponer la destrucción de todos los documentos referidos a las personas detenidas a disposición del poder Ejecutivo Nacional. Paralelamente, disposiciones aún no identificadas, por su carácter clandestino pero conocidas a través de ordenes y radiogramas recibidos en distintas dependencias y jurisdicciones del Estado en todos sus niveles, impusieron similar destrucción de todo elemento documental o registral que pudiera ayudar al esclarecimiento de la actividad represiva incostitucional.
Con la restauración institucional, ciertamente, se crearon nuevas posibilidades para reconstruir la verdad. La Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas y sus Delegaciones constituyeron un elemento para tal fin. Empero, es menester señalar que subsisten obstáculos que se interponen en el camino de la verdad; dificultades que obstruyeron la actividad de la Comisión, de la Justicia, de la común intención de la ciudadanía democrática de despejar las angustiosas incógnitas que aún condicionan el rumbo del país hacia el suficiente esclarecimiento de su reciente tragedia.
Rémoras del pasado emergieron, obstinadas. Funcionarios subsistentes del Poder Militar insistieron en interferir en las investigaciones, fuera de toda legalidad. Cada denuncia, cada querella, cada presentación destinada a investigar una violación de los derechos humanos, fueron seguidas por su pretensión de arrogarse el conocimiento y la competencia exclusiva para impedir toda investigación de la justicia constitucional, aún antes de verificar los hechos y determinar la participación posible o probable de militares activos en los episodios bajo examen. En algunas ocasiones, actitudes del mando superior castrense respaldaron esta conducta «disuasiva» y proporcionaron de manera ostensible respaldo jurídico a los implicados militares o civiles en las violaciones investigadas, a través de letrados que en su momento integraran la estructura judicial de la dictadura militar. Más grave aún resultó la actividad de algunos funcionarios que , desde el propio seno del Poder Judicial de la Nación, obstruyeron sistemáticamente la tarea investigativa.
La actitud del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, disponiendo la libertad de militares cuya captura había ordenado la Justicia Federal de Córdoba por estar incriminados como autores materiales de graves delitos (privación ilegítima de la libertad, homicidio calificado y aplicación de tormentos con resultados de muerte), provoca una legítima desazón en la ciudadanía, cuando no la incredulidad absoluta de la llamada «Justicia Militar».
También advertimos la subsistencia de un natural temor en la población, justificado por la libertad de acción que gozan aún los elementos que integraron los aparatos represivos de los cuales, incluso, algunos permanecen actualmente en las Fuerzas de Seguridad y por la prédica antidemocrática efectuada por algunos militares en retiro y hasta en actos oficiales.
La fuente ideológica de todo este accionar terrorista de Estado, ha merecido sabias reflexiones por parte de los obispos católicos reunidos en Puebla en el año 1979. En sus documentos se lee: «En los últimos años se afianza en nuestro continente la llamada doctrina de la seguridad nacional, que, es, de hecho, más una ideo logía que una doctrina. Está vinculada a un determinado modelo económico político, de características elitistas y verticalistas que suprime la participación amplia del pueblo en las decisiones políticas. Pretende incluso justificarse en ciertos países de América Latina como doctrina defensora de la civilización occidental y cristiana. Desarrolla un sistema represivo en concordancia con su concepto de guerra permanente...» (547)
Recuerda asimismo la Conferencia Episcopal Latinoamericana de Puebla que «Las Ideologías de la seguridad nacional han contribuido a fortalecer, en muchas ocasiones, el carácter totalitario o autoritario de los regímenes de fuerza, de donde se ha derivado el abuso del poder y la violación de los derechos humanos. En algunos casos pretenden amparar sus actitudes con una subjetiva profesión de fe cristiana». (49)
Y por último, señalamos las conclusiones de los Documentos de Puebla, que señalan las motivaciones de esta estructura ideológica que se constituyó en doctrina oficial de las dos últimas dictaduras militares (1966/1973 y 1976/1983) en nuestro país: «Impedido (...) el acceso a los bienes y servicios sociales y a las decisiones políticas, se agravan los atentados a la libertad de opinión, a la libertad religiosa, a la integridad física, asesinatos, desapariciones, prisiones arbitrarias, actos de terrorismo, secuestros, torturas continentalmente extendidas, demuestran el total irrespeto por la dignidad de la persona humana. Algunos de esos actos pretenden justificarse incluso como exigencia de la seguridad nacional». (1.262)
Sabias palabras, que deberemos tener constantemente presentes, para no dejarnos seducir por los cantos de la sirena que se echan a rodar ante las dificultades propias de las soluciones democráticas, de la vida abierta a la participación popular, al accionar de la Justicia. Sólo así llegará a ser realidad aquella frase que, como una letanía, alzan todas las voces auténticamente argentinas: para que NUNCA MAS se adueñe de nuestra patria, el horror de lo pasado.
ESTE ES NUESTRO APORTE A LA VERDAD; AHORA RECLAMAMOS JUSTICIA